Piden entre 2 y 6 años para los acusados de estafa por una permuta frustrada

15/06/2012 - 17:33
El principal acusado declara durante el juicio celebrado en la Audiencia provincial / Clara Manzano

J. Yébenes
Ciudad Real

Dirimir si el perjudicado por una supuesta operación de permuta entre dos inmuebles conocía las cargas que pesaban sobre el piso que obtuvo a cambio de la que había sido su vivienda durante treinta años. Este fue el quid sobre el que gravitó  el juicio oral celebrado este jueves en la sección Primera de la Audiencia provincial contra tres imputados por un delito de estafa, por los que la Fiscalía pide dos años de prisión para los dos principales acusados (exime de culpabilidad a la hija del hombre) y la acusación seis para cada uno de los tres.

De su lado, las  defensas solicitan la absolución para los imputados porque consideran que el asunto se tendría que haber resuelto en el ámbito civil y no el penal. Según sus valoraciones, el caso se centra en un incumplimiento de un acuerdo notarial y de otros compromisos administrativos, pero sin entidad para tener una correspondencia penal.

Los hechos por los que juzgaron a B.R.D, administradora de la empresa Iprocon Ingeniería Integral S.L., a R.GM., apoderado de la misma, y a S. R. P. hija de éste, se iniciaron en 2006 cuando el querellante, D. M.G., contactó con dicha empresa porque, tras quedarse viudo, tenía intención de dejar su vivienda familiar y buscar otra más pequeña.
En conversaciones privadas con R.G.M. acordaron llevar a cabo una “operación clara” de permuta entre el piso del denunciante, de 100 m2 y ubicado en el céntrico Paseo del Prado y uno nuevo de 70 m2 de una promoción de Iprocon en la calle Infantes, por un valor de 180.000 euros cada uno.

Posteriormente, el 27 de marzo de 2007, más de seis meses desde que D. M. se fuera a vivir a su nueva residencia (en septiembre de 2006), ambas partes acudieron al notario para firmar una escritura de compraventa del piso de Paseo del Prado a favor de S. G., hija del propietario de la empresa, quien tras hacer entrega de un cheque por 180.000 euros al vendedor, fue devuelto (con la firma de éste) a las cuentas de la empresa, en teoría en concepto de pago por el piso de la promotora. No obstante, la escritura pública solo se cerró en la cesión de la casa de D. M., quedando pendiente, según recoge el acuerdo notarial, la operación sobre la vivienda de Infantes (nunca se hizo) hasta que no la libraran de los gravámenes que pesaban sobre ella: una hipoteca de 2006 a favor del BBVA por  835.000 euros -que posteriormente se ejecutó-, un embargo de 2008 del Banco Popular por deudas de los acusados de más de 71.500 euros y otro de carácter administrativo del mismo año por impagos a Hacienda de casi 32.500 euros.

El querellante y perjudicado por estos hechos, “que me están quitando la vida”, se quejó, tuvo que solicitar una hipoteca cuando subastó el banco los pisos embargados, por lo  que reiteró que “yo no sabía nada de las cargas” pues, de lo contrario “no hubiera firmado”. Sobre las opciones que los acusados le han ofrecido entre 2007 y 2010 para cumplir con sus responsabilidades -adelanto del dinero de 18 mensualidades y compromiso de pago de la hipoteca bajo la garantía de un piso en Marbella- reiteró que “fue todo humo”. 

Conclusiones

En sus conclusiones, el fiscal exculpó de cualquier responsabilidad a S. R., la hija del principal procesado, ya que, según declaró “confiaba en mi padre” y tan solo se limitó a viajar desde Sevilla (donde reside) par estar presente en la firma notarial de la operación de permuta, cuyos detalles desconocía por completo. El padre declaró que puso el piso a su nombre para poder pedir una hipoteca en condiciones más ventajosas por ser joven, además de conseguir financiación para su empresa. Sin embargo, en el caso de B. R. y R. G. si vio ánimo defraudatorio al ocultar los gravámenes sobre la vivienda y por obtener “financiación de un piso  que no era suyo”.

La acusación particular si vio responsabilidad penal en la joven, al igual que para su padre y la mujer de éste.

La defensa de la pareja aseguró que “no hubo maniobras torticeras” porque el querellante -profesor de instituto jubilado- podría haber pedido una copia simple en el Registro de la Propiedad para conocer el estado del piso de la calle Infantes, “una realidad palmaria”, al ser un documento público, que “no se puede ocultar”.

Por último, el abogado de la joven insistió en el escasísimo contacto de su patrocinada con D.M. (solo se saludaron el día del notario), por lo que no tuvo oportunidad de influir sobre la decisión final. También consideró “inestimable” la colaboración del querellante en la operación, que firmó “voluntariamente”.

Destacar el nerviosismo de  D.M. en el plenario, que le llevó a que la presidenta le apercibiera  cuando se presentaban las conclusiones.