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25 abril 2024
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Las nuevas órdenes militares

Las nuevas órdenes militares
Martín-Miguel Rubio Esteban / VALDEPEÑAS
Desaparecido el objetivo principal de las Órdenes Militares, su razón constitutiva, degeneraron pronto, siendo sólo celosas de sus privilegios y sinecuras que atentaban contra la igualdad jurídica del Reino

Como ya dijera nuestro sabio Menéndez Pidal España se mueve desde hace muchos siglos, espasmódicamente, entre un centripetismo miope y un centrifugismo suicida, hasta el punto de que quizás estas dos pulsiones complementarias sean un rasgo más de nuestro carácter nacional.

Cuando los Reyes Católicos unifican los reinos de Castilla y Aragón, constituyéndose la España moderna tras la incorporación de Navarra y Granada, se dan cuenta de que existen enormes territorios fuera de la jurisdicción real y con unas competencias y privilegios que casi les convierten en repúblicas independientes; se trata de los dominios de las Órdenes Militares. Se tardó hasta el siglo XVIII en incorporar tales Órdenes al territorio común del Estado español bajo las mismas leyes que regían en el mismo Estado. La última Orden en incorporarse fue la de Montesa. Las Órdenes Militares suponían un territorio de 60.000 kilómetros cuadrados con su propia jurisdicción y sistema impositivo, sus propios bienes ajenos al tesoro nacional, y su único vínculo con el Reino era la obediencia al Rey, quien nombraba a los miembros que constituían su maestrazgo; esto es, su gobierno. Es así que las Órdenes Militares de Santiago, Calatrava, Alcántara y Montesa vinieron a ser como las autonomías actuales más arriscadas. Distintas causas van a mover a los reyes a ejercer el control de los maestrazgos; la primera es la de constituir un Reino isomorfo respecto a los derechos y deberes de sus súbditos, y luego la de frenar la relajación en la Baja Edad Media del espíritu religioso y rigor moral que habían estado en el origen de tales Órdenes. Si las Órdenes Militares habían servido a la defensa y repoblación de las tierras de la frontera durante la Reconquista, tras la toma de Granada pierden su objetivo constitutivo, pero su guerra frente a la Administración del Estado, con el apoyo tácito de algunos Papas, que van concediendo a los reyes bulas como cuentagotas, durará hasta el siglo de la Ilustración. Esto es, hasta el primer rey borbón.

Desaparecido el objetivo principal de las Órdenes Militares, su razón constitutiva, degeneraron pronto, siendo sólo celosas de sus privilegios y sinecuras que atentaban contra la igualdad jurídica del Reino. Incluso la corrupción jurídica anidó en ellas, y se iban pasando el maestrazgo de padres a hijos (v. gr. Pedro Girón ocupó el maestrazgo de Calatrava y lo hizo hereditario en su hijo Rodrigo Téllez de Girón). En un principio la Corona intentó controlarlas de modo personalista (validos – v. gr. el trágicamente inquietante don Álvaro de Luna, don Juan Pacheco, Marqués de Villena -, infantes, el propio monarca – Enrique IV -), pero con el desarrollo administrativo del Estado español la vinculación va teniendo un carácter impersonal; Felipe II nombra a solo un secretario o ministro para que se ocupe en su consejo de gobierno de estas realidades rebeldes. Desde que su deber constitutivo desapareció con la conquista de Granada hasta la desaparición de sus privilegios autonomistas pasaron 230 años. Esto es, una vez que se crea una organización pública con un fin u objetivo inmediatos, la organización se resiste a su desaparición aunque su objetivo o razón hayan sido totalmente cumplidos, o se haya traicionado o desvirtuado la primera razón de su existencia.

La verdad es que uno ve muchas similitudes hoy entre las viejas y prepotentes Órdenes Militares y las actuales autonomías cuando estudiamos la documentación que vinculaba a las Órdenes con la Corona. Las Órdenes opuestas siempre a aceptar la legislación general que vinculaba al Rey con todos los súbditos, y el Rey celoso de que todos los súbditos de su Reino tuvieran la misma vinculación con él. Las Empresas Políticas de Diego de Saavedra Fajardo es un buen testimonio de este deseo permanente de la monarquía española. Domeñar a los microestados de las Órdenes Militares no fue empresa más fácil que la de mantener el Estado Español hoy en Cataluña. Las Órdenes tenía entonces un aliado formidable, casi omnipotente y ubicuo: La Santa Iglesia Católica y su sede romana, si bien hoy la Iglesia catalana no facilita las cosas precisamente al Estado Español ( lo mismo que el Vaticano, por otra parte ).

Si los reyes tuvieron que armarse de paciencia y de argumentación jurídica durante siglos para ir incorporando los territorios de las Órdenes a la patria común, me temo que en el asunto catalán Rajoy tendrá que armase de paciencia, virtud de la que está muy bien provisto nuestro Presidente, para conseguir encauzar el catalanismo de nuevo en el ancho río de España. Y la estridencia y la radicalidad intempestiva serían los peores modos de llevarlo a cabo. El propio desarrollo del ya tan manoseado Artículo 155 es complicado – máxime cuando es la primera vez que se aplica a una Comunidad Autónoma – y ya comienza a haber revuelo hermenéutico sobre el futuro potestativo de “podrá” que aparece en el segundo párrafo del mencionado artículo. Para mí está claro que se trata de un futuro potestativo de una norma potestativa y no de obligación (propio de la norma deóntica) si se interpreta desde la sola Gramática, pero a saberse lo que puede decir un jurista desde la teoría comunicacional del Derecho.

La Constitución es un texto que, siendo regulativo, conforma el marco normativo y la norma básica de todo el resto del ordenamiento. En ella se contienen mensajes directivos que habrán de completarse en un segundo momento por las leyes, las cuales continúan de este modo el proceso comunicacional empezado por el poder constituyente. Cuando la norma potestativa presupone una norma de deber – como puede ser el caso -, éste condiciona el poder que aquella establece. No hay que olvidar que mediante el verbo “poder” se concede el poder.

Por fin, el Gobierno, en contra de los falsos augurios de sus detractores, acaba de aplicar el Artículo 155 con tiento, y no como un elefante en una cacharrería. Lo ha aplicado con las menores estridencias. Ahora llega finalmente a Cataluña el cumplimiento de la ley de modo perseverante, y la paciencia ante los desafíos delirantes que quizás una muy pequeña minoría pudiese realizar. Y la sagacidad de la población catalana, que está harta de esta situación contra legem, hará el resto. Cataluña quiere seguir siendo española. Es evidente. Y será amparada en el marco fraternal de España.

En esto momentos uno recuerda Los escritos políticos, de David Hume, aquellos en que el filósofo inglés decía que hay decisiones políticas que no se pueden tomar sin el consentimiento de las generaciones que ya han desaparecido, y sin la aquiescencia de las que vendrán. Pues bien, el tema catalán es una cuestión de ese tipo. Por eso no podemos decidir sobre ella. Sólo la incultura política o el fanatismo doctrinario devenido de la escuela pública catalana pueden explicar la irracionalidad en la que ha caído la Generalidad.

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