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El Defensor del Pueblo prosigue las actuaciones por quejas sobre la presencia de imágenes religiosas en espacios públicos

ZZCEMENTERIO DE ARGAMASILLA DE CALATRAVA
Cementerio de Argamasilla de Calatrava en una imagen de archivo
Lanza / MADRID
Una de las imágenes es un Cristo en la puerta de la entrada del cementerio de Argamasilla de Calatrava

El Defensor del Pueblo ha proseguido en 2017 las actuaciones iniciadas por varias quejas sobre simbología religiosa en determinados ayuntamientos “que podrían vulnerar la neutralidad religiosa”, según recoge el Informe del Defensor del Pueblo 2017.

En concreto, la institución expone que se han realizado nuevas actuaciones ante el Ayuntamiento de Argamasilla de Calatrava (Ciudad Real), relativas a la exposición permanente de la imagen de un Cristo en la puerta de entrada al cementerio municipal.

Tras un proceso de valoración de la relevancia cultural y arquitectónica de la imagen del Cristo, así como del impacto y conveniencia de su remoción, se ha informado a esta institución de que la ordenación urbanística del término municipal se encuentra bajo la tramitación de un nuevo instrumento de planeamiento, en cuya comisión técnica de estudio está la cuestión de dicha imagen.

Además, con motivo de otra queja sobre la existencia de una imagen religiosa expuesta en el Ayuntamiento de Jumilla (Murcia), el Defensor del Pueblo en funciones, Francisco Fernández Marugán, ha solicitado información acerca de la oportunidad de trasladar esta simbología a otro lugar, “donde no quedase afectada la neutralidad del ayuntamiento en el ejercicio de sus correspondientes funciones”. El Ayuntamiento informó a esta institución que la imagen religiosa en cuestión ha sido retirada de su emplazamiento actual.

En esta línea, el Defensor ha proseguido las actuaciones con el Ayuntamiento de Burgos para conocer el contenido del informe jurídico elaborado para desarrollar el acuerdo de retirada de simbología religiosa de los espacios de titularidad pública en el municipio, adoptado el 22 de julio de 2016, por la corporación municipal. Este acuerdo podría afectar, entre otras, a la imagen del Cristo que preside el Salón de Plenos de ese ayuntamiento.

Según señala la institución, en el mencionado informe jurídico se parte del principio general de que “resultaría compatible la aconfesionalidad del Estado que prescribe la Constitución española tanto con la decisión de retirar o suprimir los símbolos, como su mantenimiento, debiéndose dilucidar en cada caso concreto la cuestión”.

Según precisa el Defensor, “en un sistema jurídico político basado en el pluralismo, la libertad ideológica y religiosa de los individuos y la aconfesionalidad del Estado, todas las instituciones públicas han de ser ideológicamente neutrales”. Así, añade que “los órganos, instituciones o cargos del Estado no pueden promover directamente un determinado tipo de convicciones de carácter religioso”.

Distinción de alcaldesa perpetua a una virgen

Por otro lado, vuelve a recoger el caso motivado por la queja de la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE) que ya en 2016 se dirigió al Defensor manifestando que el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata (Cáceres) había acordado la modificación del Reglamento de distinciones honoríficas para introducir la figura de alcaldesa perpetua y otorgar esta distinción a la Virgen de las Angustias.

La institución recuerda que la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General, que regula, entre otros, la elección de los alcaldes en España, no prevé la figura de alcalde perpetuo, lo cual “contravendría el espíritu y contenido de la ley electoral que establece, específicamente para las elecciones, un mandato de cuatro años”. Del mismo modo, señala que “la normativa electoral no contempla ningún tipo de advocación religiosa como sujeto elegible, ni siquiera a título honorífico, en las elecciones municipales”.

Por este motivo, el Defensor solicitó al mencionado consistorio que se elimine del Reglamento de distinciones honoríficas la distinción a la Virgen de las Angustias como alcaldesa perpetua de Navalmoral de la Mata y que, en el caso de serle otorgado un título honorífico a la patrona del municipio, “se indicase expresamente que este patronazgo mariano se realiza de conformidad con la tradición secularizada del sentimiento popular que profesan los vecinos a su patrona”. Si bien, tras varios requerimientos al Ayuntamiento, la institución continúa a la espera de la remisión de la información solicitada.

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