El Juzgado de lo Social Nº 1 de Ciudad Real ha dado la razón a las tesis mantenidas por el Comité de Empresa de Cobra Instalaciones y Servicios, del que es mayoría UGT FICA, al estimar la demanda presentada por el Comité y declarar que la decisión adoptada unilateralmente por la Dirección de Cobra por la que modificó las condiciones laborales de sus trabajadores es “injustificada”.
La sentencia, sobre la que cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, condena además a Cobra Instalaciones y Servicios a la reposición “de las condiciones laborales previas” que tenían sus trabajadores.
El fallo del Juzgado de lo Social afecta a todos los trabajadores del centro de Cobra Instalaciones y Servicios en la provincia de Ciudad Real que, como se recordará, llevaron a cabo movilizaciones y varias jornadas de huelga en protesta por la decisión de la Dirección.
El conflicto colectivo se originó cuando la Dirección de Cobra, que desarrolla trabajos para Movistar en la provincia de Ciudad Real, planteó al Comité de Empresa un recorte en los derechos laborales de sus trabajadores y, tras ser rechazado por el Comité en el periodo preceptivo de consultas, ésta optó por aplicar desde agosto de 2017 y hasta abril de 2018 una modificación sustancial de las condiciones laborales de sus trabajadores por causas organizativas.
La modificación afectó al sistema de trabajo y rendimiento (con la implantación de nuevo sistema de incentivos por rendimiento) y a la jornada laboral (implantación de guardias obligatorias de fin de semana y festivos, nuevo cómputo en el inicio de la jornada, flexibilidad horaria, etc.), entre otros.
Los trabajadores afectados prestaban servicio para la empresa Telecomunicaciones de Levante SL (TELECO) hasta noviembre de 2015, en que fueron subrogados a Cobra Instalaciones y Servicios manteniendo, por acuerdo suscrito con Teleco, las condiciones laborales más beneficiosas hasta la finalización del mismo, en mayo de 2018.
Sin embargo, en junio de 2017, Cobra inició un periodo de consultas para la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, periodo que finalizó sin acuerdo, dado que, a juicio del Comité de Empresa, la modificación mermaba las condiciones laborales que tenían hasta ese momento y que se extendían hasta mayo de 2018.
En la sentencia, el Juzgado entiende que el nuevo sistema de incentivos por rendimiento y los cambios en la jornada laboral atendían a criterios que no buscaban exclusivamente una mejora en la organización del servicio, sino un detrimento retributivo claro para los trabajadores, lo que no se justifica organizativamente.
UGT FICA muestra su satisfacción por la sentencia del Juzgado de lo Social y felicita al Comité de Empresa y a los trabajadores de Cobra, que se movilizaron en defensa de sus derechos laborales y en contra de una decisión unilateral y arbitraria.