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La Junta tendrá que buscar alternativa a la autovía entre Ciudad Real y Toledo

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Mercedes Camacho
Ciudad Real

El Tribunal Supremo acaba de anular definitivamente el proyecto del Gobierno regional por el que debería discurrir el trazado de la tan reivindicada autovía Ciudad Real-Toledo -y que pretendía aprovechar la autovía de los Viñedos- por lo que la Junta de Comunidades se verá obligada a realizar un nuevo diseño si quiere continuar adelante con este proyecto.

Así se desprende de la sentencia que pone fin a un largo proceso judicial y que este jueves hizo pública la organización ecologista WWF -que fue quien, junto a Ecologistas en Acción y SEO/BirdLife, recurrió el proyecto inicial en el año 2011-, y en la que se determina la inviabilidad de este proyecto por considerar que el trazado propuesto perjudica a los Montes de Toledo y las especies amenazadas como el lince ibérico o el águila imperial, que motivaron que esta zona fuera designada como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC).

De esta forma, el Tribunal Supremo confirma la sentencia dictada a comienzos del pasado año por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha El Tribunal Supremo (TS) en la que se invalidaba este trazado para la infraestructura “por su grave afección a la naturaleza en los Montes de Toledo”.

Entonces el Gobierno de Castilla-La Mancha recurrió en marzo de 2015 dicha sentencia, recurso de casación que el Supremo ha rechazado señalando, entre otras cuestiones, que la  valoración de las pruebas realizada por TSJCLM no fue arbitraria, como alegó la Junta.

“No apreciamos indefensión, arbitrariedad o utilización de criterios erróneos” indica en la sentencia el Tribunal Supremo, que también reconoce que el trazado propuesto es “muy similar” al proyecto de autopista de peaje Toledo-Ciudad Real-Córdoba que obtuvo una declaración de impacto ambiental de carácter negativo en virtud de resolución de 29 de mayo de 2007.

“El trazado de dicho proyecto afectaba a la ZEPA y LIC Montes de Toledo en las proximidades de Fuente del Fresno de manera que el presente proyecto y obra que tiene el mismo trazado en esa zona”, agrega, “afecta por igual y de la misma manera a esa  zona por  lo cual es perfectamente lógico y razonable pensar  que los daños ambientales que causa el presente proyecto son  los mismos e igualmente nocivos que producía el anterior al incidir ambos en el mismo y  concreto territorio o zona ya especificada”.

Por estas cuestiones, entre otras, el Supremo afirma que no considera que la sentencia del TSJCM deba ser corregida, como tampoco que se deban tener en cuenta “razones de interés público de primer orden” que la Junta alegó en el recurso porque “es cierto que el recurso hace referencia a una serie de razones relacionadas con la mejora de la comunicación vial entre dos importantes ciudades de Castilla La Mancha, como son Toledo y Ciudad Real”, pero estima que no son suficientes ni cumplen los criterios de justificación como para autorizar el trazado propuesto.

Por su parte, Lanza ha contactado con la Consejería de Fomento que ha declinado, de momento, hacer declaraciones alegando que aún no disponían de la sentencia y remitiéndonos, en todo caso, a las valoraciones que pudieran hacer a través de las agencias de noticias.

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