La Ley de Patrimonio Histórico español de 1985 vino a renovar el marco jurídico que había establecido la Ley de 1933. Ahora la protección de los bienes se realiza con la declaración como Bien de Interés Cultural en base a sus valores históricos. Para los bienes inmuebles se establece la división en cinco figuras: Monumento, Conjunto Histórico, Yacimiento Arqueológico, Sitio Histórico y Jardín Histórico. En esta ocasión seguiré con los declarados monumentos en la provincia de Ciudad Real desde 1985 a la actualidad. Si en los 52 años de vigencia de la ley del 33 se habían declarado monumento 32 inmuebles ahora en el periodo que va de 1985 a la actualidad van a ser 52. Se ha superado el concepto de antigüedad de más de cien años que establecía la anterior legislación para incidir en los valores históricos de los inmuebles declarados.
Las primeras declaraciones
La ley considera, por efectos de esta, declarados los edificios destinados a Museos Provinciales y por ello el Museo de Ciudad Real tiene esa categoría desde la promulgación de la ley. En 1988 se declara BIC el palacio de Medrano de Ciudad Real y en 1990 la casa Hernán Pérez del Pulgar. Ese mismo año se declaran monumento la casa solar de los Bustos de Villanueva de los Infantes, el torreón del gran Prior de Alcázar de san Juan y el castillo de Peñarroya de Argamasilla de Alba.
En 1991 se declaran Bien de Interés Cultural con la categoría de monumento dieciséis inmuebles. En Alcázar de san Juan la iglesia de san Francisco, la antigua posada de santo Domingo y la iglesia de santa Quiteria. Un proceso que va a mostrar el interés de algunas poblaciones por su patrimonio histórico concentrando las declaraciones en algunas localidades de la provincia. Este mismo año (1991) se declaran la iglesia de san Juan Bautista de Chillón, la de santa Quiteria de Fuente el Fresno, el palacete de los condes de Casa Valiente de La Solana la iglesia de Nuestra Señora de la Asunción de Manzanares, la de san Juan Bautista de Pozuelo de Calatrava, la de Nuestra Señora de la Asunción de Villahermosa, la de san Andrés Apóstol de Villamanrique, el convento de la Inmaculada Concepción de Ciudad Real y el convento de las carmelitas descalzas de Ciudad Real. Una importante presencia del patrimonio religioso que va reconociendo el interés histórico de este patrimonio en la provincia.
La declaración de BIC ha sido en ocasiones un mecanismo de protección de los inmuebles para evitar su destrucción, con protecciones que probablemente deberían haber llegado por la vía del planeamiento urbanístico. Pero han sido un mecanismo de mantenimiento de un patrimonio como la casa de la calle Mercado Viejo 6 de Ciudad Real, el hotel Alfonso X o la casa del conde de la Cañada en Ciudad Real. Ese año de 1992 se declaraba también monumento el convento de los agustinos de Fuenllana, la iglesia de santa María la Mayor de Alcázar de san Juan, el castillo de Salvatierra y el Torreón de Carrión de Calatrava. Se completaba el año con las declaraciones del archivo municipal de Almodóvar, de la Iglesia de la Asunción de Almodóvar, de la iglesia de san Pedro de Daimiel y de la parroquia de santa María la Mayor también de Daimiel junto al palacio de Torremejía en Granátula de Calatrava.
Año 1993. 14 declaraciones
La iglesia de san Sebastián Mártir de Porzuna, el santuario de Nuestra Señor de las Nieves de Bolaños, el palacio de la Diputación provincial de Ciudad Real. Nuevos edificios religiosos como santa Catalina de La Solana, la iglesia de la Asunción de Puertollano y la de santa Cruz de Mudela también de la Asunción. La casa de los Manrique en Villamanrique, la iglesia de san Agustín de Almagro, la iglesia de Nuestra Señora del Prado de Ciudad Real, la del Cristo de la Misericordia de Miguelturra y la del Cristo del Valle de san Carlos del Valle, junto a la plaza mayor de este mismo municipio y la Casa del Arco de Villanueva de los Infantes.
Una importante incidencia en el patrimonio religioso que forma parte importante del patrimonio provincial, que, en diferentes momentos, ha construido templos en diferentes poblaciones y que se ha mantenido y cuidado con sus usos originales. Un patrimonio de uso religioso, que forma parte de la historia y la vivencia de la provincia de Ciudad Real en muchos aspectos.
Final del siglo XX y principio del XXI
En los años finales del siglo XX y principios del XXI el ritmo de declaraciones se hace más pausado. En 1994 se delimita el entorno de la iglesia de Santiago de Ciudad Real. Un proceso legal que ha introducido la nueva ley de 1985 que obliga, cuando se declara un bien a definir un entorno que debe controlarse en las futuras actuaciones con autorización del órgano competente en materia de patrimonio. Ello ha obligado a revisar muchas de las declaraciones anteriores a 1985. En un momento la Ley de 1990 de Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha trasladaba esa obligación a los municipios en el momento de la revisión del planeamiento urbanístico, obligación desgraciadamente desaparecida en la actual legislación. Ese mismo año de 1994 se declaraba BIC la ermita de Nuestra Señora de Oreto y Zuqueca.
El año 1996 se declaraba el antiguo Banco de España, obra del arquitecto Sebastián Rebollar, en un ejemplo de superación de la barrera cronológica de la anterior legislación, El año 2000 se declaraba el castillo de Terrinches, el año 2002 su iglesia parroquial y el año 2008 la venta de la Inés en Almodóvar y la venta de Borondo en Daimiel. Una valoración de la arquitectura popular y de la vinculación de los edificios con la tradición literaria del Quijote. El último de los edificios declarados como monumento ha sido el convento de la Merced de Ciudad Real (2008).
Bien de Interés Cultural
La declaración de 85 edificios como bien de interés cultural en la provincia de Ciudad Real es un buen referente del aprecio del patrimonio histórico por parte de la comunidad. El reconocimiento como monumento tiene un aspecto múltiple: es en primer lugar un reconocimiento de sus valores históricos como referente patrimonial. Establece, por otra parte, una serie de beneficios y de obligaciones de conservación y mantenimiento para los propietarios y para las administraciones. Cualquier actuación en estos inmuebles requiere la autorización del órgano competente en materia de patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y en cualquier venta o cambio de sus situación jurídica la administración tiene el derecho de tanteo.
La conservación de este importante patrimonio es responsabilidad de las personas o instituciones propietarias de los mismos. Pero debe ser motivo, de forma coordinada, de actuaciones e inversiones que garanticen la conservación de los mismos como parte esencial de nuestra identidad. Las declaraciones como Bienes de Interés Cultural con la categoría de monumento en la provincia de Ciudad Real son un buen referente para la valoración de nuestro patrimonio y deberían ser también refrentes para las inversiones públicas destinadas a su rehabilitación y conservación
