La inauguración de la rehabilitada Casa de la Cruz Roja de Ciudad Real y el recuerdo del proceso de intento de demolición, paralización y posterior rehabilitación tiene, claramente, un final feliz. Pero invita también a una reflexión sobre la protección de nuestro patrimonio. Las actuaciones de protección deben ser preventivas, debemos establecer los mecanismos de protección que eviten actuaciones irreversible. Y en ello es mejor pecar por exceso que por defecto.
Bienes de interés cultural
El mecanismo establecido en la Ley de Patrimonio Histórico Español para los bienes que se quieren proteger es el de la declaración de Bien de Interés Cultural.
El Plan General de Ordenación Urbana de Ciudad Real recogía en sus normas la presencia de 19 edificios con esta categoría: Banco de España, Casa calle Feria 5, Casa Hernán Pérez del Pulgar, Casa calle Lanza, Casa Medrano calle Paloma, casa Mercado Viejo 6, Catedral, Convento carmelitas, Convento Inmaculada Concepción, Diputación Provincial, Hotel Alfonso X, Iglesia Nuestra Señora del Prado, Iglesia de san Pedro, Iglesia de Santiago, Puerta de Toledo, Torreón del Alcázar, Museo de Ciudad Real y Yacimiento arqueológico de Alarcos.
En el catálogo de la JCCM sólo parecen 16 edificios y el yacimiento de Alarcos, y no están de los reseñados en el PGOU la Casa Hernán Pérez del Pulgar con un expediente caducado, la Casa de Medrano o el Torreo del Alcázar en igual situación. Y junto a ello edificios que carecen de una declaración clara y jurídicamente necesaria de sus entornos, como ocurre en la Casa Medrano, en la Catedral, en la puerta de Toledo o en el Torreón del Alcázar.
El Plan General establecía algunas consideraciones sobre posibles adaptaciones de algunos de estos edificios como el Banco de España, la casa de la calle la Feria, la de la calle Lanza, la casa Medrano, la casa Mercado Viejo y el Hotel Alfonso X si bien al estar declarados BIC, esas competencias corresponden a la Junta de Comunidades.
Bienes catalogados
Constituyen los bienes catalogados aquellos a los que el Plan protege para su mejor conservación por su valor monumental, histórico, paisajístico o ambiental.
Se identifican en el Plan un total de 35 bienes de muy diferentes características. La plaza de toros, el Hospital de la Misericordia, la ermita de los Remedios, el antiguo Hospital provincial, el Seminario Diocesano, el pórtico del convento de las Dominicas, la casa solariega de la plaza del Carmen y el colegio San José.
Junto a ello el Instituto de enseñanza media Santa María de Alarcos, el colegio de la Inmaculada Concepción, el palacio del Obispado, el antiguo Casino, el torreón de Galiana, el museo Elisa Cendreros, la Cámara de la propiedad urbana, la casa solariega de la calle Reyes, el mercado de abastos, el colegio público Carlos Eraña, la Casa San Pablo, la Delegación Provincial de Sanidad, la casa de la Emisora, el Banco Español de Crédito y las murallas de la Ronda de la Mata.
Un último grupo está integrado por la iglesia de los Jesuitas, la iglesia de las Siervas de María, el colegio Santo Tomás, la antigua maternidad, el colegio de la Ferroviaria, elementos del parque de Gasset, el colegio Nuestra Señora del Prado (aulario), el antiguo depósito de agua, la ermita del Cristo de la Poblachuela, la iglesia parroquial de Las Casas, la de Valverde y el puente sobre el Guadiana.
Hay bienes que el Plan recomendaba que se declarasen Bienes de Interés Cultural. En general el Plan les aplica lo previsto en la Ley de Patrimonio Histórico en relación con la posible demolición o expropiación de estos. Por otra parte, prevé posibles aprovechamientos urbanísticos que superen lo existente según lo establecido en el planeamiento.
Una relación de bienes que sería necesario revisar en sus denominaciones en alguno de los casos, en su declaración como BIC, en otros o en la inclusión de algunos no considerados como la antigua estación de ferrocarril del Parque de Gasset o la Casa de Cultura de Fisac o el edificio de la Cruz Roja. Un recorrido por los declarados BIC y esta lista de bienes catalogados requeriría una buena revisión para clarificar la definición de algunos de ellos y para revisar los criterios de adscripción a una u otra categoría.
Protección ambiental
Un tercer apartado habla de protección ambiental que trata de proteger el conjunto del ambiente urbano, evitando actuaciones que pudieran atentar contra la trama y calidad de las zonas protegidas, definiendo una correcta integración de los nuevos edificios en el entorno. Se podrán realizar todo tipo de obras en los edificios, ajustándose la composición y tratamiento de fachada a las normas estético-compositivas que para este nivel de protección se establecen en el Plan. Dentro de esta categoría se incluyen la casa de la calle Calatrava, nº 4, la portada de piedra de la calle Mata, nº 1, la portada de piedra, calle Infantes, nº 15. Una interesante definición inicial que se concreta en una pobre definición de elementos incluidos en la misma.
Un apartado que debería tener un desarrollo más amplio incluyendo zonas de la ciudad en las que se conservan edificios residenciales de interés por su antigüedad o por sus peculiares características. La denominación de protección ambiental que se ha introducido en diferentes planeamientos urbanísticos o en legislaciones de patrimonio de mejores contenidos que la vigente en Castilla-La Mancha puede ser un buen instrumento para incidir no sólo en edificios singulares, sino en el entorno de estos. Por ejemplo, la manzana de Alfonso X que se asoma en el otro lado a la plaza mayor sería una buena oportunidad.
Y los entornos de todos los B.I.C., estén incluidos o no en la incoación o declaración de estos. El Plan hace una definición de las zonas afectadas como entorno de la catedral y del palacio provincial y de la zona de influencia de la Plaza Mayor. Sería bueno para clarificar legalmente determinadas situaciones declarar los entornos de los cuatro edificios que, por su antigüedad, no incluían una clara definición de estos.
Revisión del Catálogo monumental
El catálogo que establece el planeamiento urbanístico puede ser una buena guía de protección del patrimonio definiendo no sólo los bienes a conservar sino también los niveles de protección y actuaciones posibles en las obras de conservación y rehabilitación. Pasados ya décadas desde que se aprobó el Plan General vigente sería bueno revisar este catálogo corrigiendo carencias o definiendo con mayor detalle algunos de ellos. El objetivo fundamental debería ser el de la revisión del planeamiento existente, tarea esencial para el área de Urbanismo del Ayuntamiento de Ciudad Real. Pero ahora pedimos mucho menos cuando pensamos en la necesidad de revisar el catálogo de patrimonio.
El Catálogo de Patrimonio puede y debe ser un instrumento de protección de muchos bienes de la ciudad que no tienen por qué ser declarados BIC pero que demandan una protección desde la legislación urbanística. Y para ello debería revisarse y actualizarse tanto en sus contenidos como en las normas reguladoras de posibles actuaciones. La rehabilitación y avatares del edificio de la Cruz Roja pueden ser una buena lección para plantear de manera más eficiente las protecciones previas del patrimonio.