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Acepta 2 años de cárcel por distribuir pornografía infantil en Villafranca de los Caballeros

EuropaPress 3448581 operacion contra pornografia infantil
Intervención policial contra la pornografía infantil en una imagen de archivo / Lanza
Lanza / TOLEDO
El acusado ha reconocido que se descargó y compartió archivos de contenido pedófilo ante la Audiencia de Toledo

El acusado de descargarse y compartir numerosos archivos de contenido pedófilo en su ordenador en su domicilio en Villafranca de los Caballeros (Toledo), S.Y.E.M., ha aceptado dos años de prisión, cinco años de libertad vigilada e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Según ha explicado a los medios de comunicación el fiscal jefe provincial de Toledo, Antonio Huélamo, el delito que ha reconocido el acusado y el letrado de la defensa ha sido el que establece una pena de prisión 1 a 5 años al que produjere, vendiere, distribuyere, exhibiere, ofreciere o facilitare la producción, venta, difusión o exhibición por cualquier medio de pornografía infantil o en cuya elaboración hayan sido utilizadas personas con discapacidad necesitadas de especial protección, o lo poseyere para estos fines, aunque el material tuviere su origen en el extranjero o fuere desconocido.

En el escrito de acusación, el Ministerio Fiscal pedía para el acusado las penas de 7 años de prisión y otros siete años de libertad vigilada, pero finalmente, según ha explicado Huélamo, en función de las pruebas que había no se podía acreditar que los menores que salían en las imágenes tuvieran menos de 16 años, por lo que finalmente ha habido que aplicar el tipo básico del artículo 189.1 del Código Penal en el que la pena es de 1 a 5 años.

Tras una hora de análisis dentro de la sala, se ha solicitado una pena de 2 años de prisión, con la cual se ha conformado el acusado y se ha conformado el letrado de la defensa, y en esos términos se ha cerrado la conformidad, ha indicado el fiscal jefe provincial.

Además, finalmente, al acusado no se le prohibirá trabajar en cualquier profesión que implique el contacto con menores de edad y no tendrá la obligación de participar en programas formativos de educación sexual, tal y como se pedía en el escrito de acusación.

Huélamo ha admitido que las variaciones en las penas son una «disfunción», ya que se producen por elementos que no quedan suficientemente claros en la fase de instrucción de los procedimientos y cuando se piden pruebas complementarias antes del acto del juicio «se ve que existen algunos déficits». «No debería haberse producido esto, o está acreditado o no está acreditado, pero antes del juicio», ha enfatizado el fiscal jefe provincial.

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