Lanza_logotipo_blanco
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
25 abril 2024
ACTUALIZADO 18:51
  • Ciudad Real
  • Resultados deportivos de Ciudad Real en directo
  • El Campo
  • Internacional
  • Nacional
  • Agenda
  • Anuncios Oficiales
    • Festival 2024 Skating Eurovision / Elena Rosa
      Manolo Ruíz Toribio mostró sus trabajos de fotografía / Elena Rosa
      Todo a punto en la Plaza Mayor para zambullirse en las páginas de un buen libro /Clara Manzano
      Inauguración de la Feria de Abril en Ciudad Real / Elena Rosa
      Presentación de la programación de la cuadragésimo séptima edición del Festival / Clara Manzano
      Aparatoso incendio de un avión para desguace en el aeropuerto de Ciudad Real /Clara Manzano
      170 aniversario del Colegio Público Santo Tomas de Villanueva / J. Jurado
      Encuentro de centurias romanas /Clara Manzano
  • Vídeos
    • Visita guiada a la renovada Plaza de Toros de Ciudad Real
      • Disfrutando del almuerzo
      • Varios toros de saca de El Cotillo
      • Juan Ortega (1)
      • Juan Ortega (2)
      • Pablo Aguado (1)
      • Pablo Aguado (2)
      • Pablo Aguado (3)
      • Roca Rey (1)
      • Roca Rey (2)
      • Roca Rey (3)
      • Roca Rey (4)
      • Ajuste y entrega en la faena de Ortega al sexto
      • El poderío de Daniel Luque
      • Trincherilla de Morante al primero
      • Verónica de Juan Ortega
      Portada Fatigas maletilla.indd
      • Andrés Palacios a la verónica frente al primero JCS
      • La corrida de Martín Lorca estuvo bien presentada JCS
      • Aspecto de parte de los tendidos ayer en Tomelloso JCS
      • Palacios pasando al cuarto con la mano derecha JCS
      • Pase cambiado por la espalda de Molina al quinto JCS
      • Sergio Felipe estuvo dispuesto toda la tarde JCS
      • Derechazo de Sergio Felipe JCS
      • A la corrida le faltó fuerza y casta JCS
      • Perera entre los pitones del primero
      • Perera comenzó de hinojos la faena al cuarto
      • Vuelta al ruedo al cuarto de El Parralejo
      • Buen natural de Paco Ureña
      • Borja Jiménez doblándose de capote
      • Ceñimiento y garra en Borja Jiménez
      • Larga cambiada a porta gayola de Garrido al primero
      • José Garrido en un derechazo al primero
      • Así metió la cara el quinto, de nombre Tabarro, número 30
      • De Miranda salió trompicado al matar al quinto
      • Leo Valadez no destacó
      • Tarde maciza de Garrido ayer en Sevilla
      • David de Miranda a hombros
      • Buena verónica de Aníbal Ruiz al primero JCS
      • Verónica de Carlos Aranda al quinto JCS
      • Ceñido natural de Carlos Aranda JCS
      • Los tendidos de Carrión de Calatrava pidiendo trofeos ayer JCS
      • Natural de buen aire de Aníbal Ruiz al primero JCS
      • Natural de Juan Robles JCS
      • Remate de capote de Juan Robles en el tercero JCS
      • Satisfacción de Juan Robles al recibir el rabo del tercero JCS
      IMG-20240407-WA0014
      Presentación del I Encuentro Internacional de Capellanes y Sacerdotes. / Europa Press Photo
      Imagen de archivo de la venta de entradas para asistir al evento taurino del 28 de abril en Ciudad Real / Elena Rosa
      Foto de grupo de los alumnos de la Escuela Taurina de Miguelturra junto a su director, Antonio Alegre
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

La Junta pedirá formación específica y experiencia laboral a las personas que sin ser funcionarios quieran ser personal directivo

funcionarios
Los aspirantes habrán de acreditar tener formación específica sobre dirección pública / Óscar Cañas (E. Press)
Lanza / TOLEDO
Este Estatuto prevé que el personal directivo pueda ser cesado también por una evaluación insatisfactoria de su gestión

El Estatuto de la Dirección Pública Profesional de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que entrará en vigor en un mes, contempla que las personas que no pertenezcan al personal funcionario de los subgrupos A1 o A2 habrán de acreditar tener formación específica sobre dirección pública y experiencia profesional para poder ser personal directivo.

Así consta en el Decreto de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, que publica este miércoles el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, en el que se indica que este estatuto tiene por objeto establecer la ordenación de la dirección pública profesional de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de los organismos autónomos dependientes de la misma, el procedimiento de provisión de los puestos directivos, así como la regulación del régimen jurídico aplicable a las personas que desempeñen dichos puestos

En dicho decreto se explica que la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público de 2007 reguló la figura del personal directivo, con la finalidad de que constituyera un factor decisivo de modernización administrativa, puesto que su gestión profesional se sometía a criterios de eficacia, eficiencia, responsabilidad y control de resultados en función de unos objetivos previamente fijados.

Pero, según el departamento que dirige Juan Alfonso Ruiz Molina, la regulación estatal deja un amplio margen a las Comunidades Autónomas para establecer el régimen jurídico de este personal, así como los criterios para determinar su condición.

De ahí que el Gobierno regional se dotara en 2011 de la Ley del Empleo Público de Castilla-La Mancha, con la finalidad de impulsar el proceso de modernización de la función pública de esta Comunidad Autónoma, norma que, para la efectiva implantación de este personal en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, requiere ser completada mediante el pertinente desarrollo reglamentario.

Por ello, transcurridos varios años desde la entrada en vigor de la Ley del Empleo Público de Castilla-La Mancha de 2011, la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas considera conveniente establecer el marco normativo necesario que permita dicha implantación.

CUATRO CAPÍTULOS

El presente decreto consta de veinte artículos ordenados en cuatro capítulos, dos disposiciones transitorias y una disposición final. Si en el capítulo I se regula el objeto de dicho decreto, el ámbito de aplicación y los principios que informan la actuación del personal directivo, el capítulo II concreta, en primer lugar, los criterios para determinar los puestos que tienen la consideración de puestos directivos.

Explica el Gobierno regional que la Ley de 2011 no identificó directamente ningún puesto o cargo de la Administración como puesto directivo, y por ello el decreto que regula el Estatuto de la Dirección Pública Profesional de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha establece los requisitos que deben cumplirse para que un puesto de trabajo pueda ser calificado como personal directivo; así como el procedimiento para la aprobación y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de personal directivo, siguiéndose en este último aspecto criterios análogos a los de las relaciones de puestos de trabajo reservados al personal funcionario.

El capítulo II, que contiene los requisitos necesarios para poder desempeñar los puestos directivos, establece que además de poder llegar a los puestos directivos el personal funcionario de los subgrupos A1 o A2 de cualquier Administración pública, que posee los conocimientos, la capacitación y la experiencia profesional necesarios para desempeñar esa función directiva, pueden también hacerlo personas procedentes de otros sectores de actividad con niveles de cualificación y experiencia adecuados.

Para ello, habrán de acreditar tener formación específica sobre dirección pública –ya sean cursos de formación organizados por Administraciones públicas o títulos oficiales de Máster o postgrado– y a través de la experiencia profesional por el desempeño de puestos directivos o predirectivos.

MÉRITO Y CAPACIDAD

El capítulo III se dedica a la regulación de la provisión de los puestos directivos y contempla que la designación del personal directivo ha de atender a los principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad y se ha de llevar a cabo por procedimientos que garanticen la publicidad y la concurrencia. Este capítulo también prevé los casos y condiciones en que un puesto directivo puede ser provisto de manera provisional o temporal.

Por último, el capítulo IV contiene los preceptos que regulan el régimen jurídico del personal directivo. Para ello el presente decreto prevé la forma en que se determinan esos objetivos, contemplándose la figura de un programa de gestión anual, en el que no solo deben establecerse los objetivos a alcanzar, sino también los recursos asignados para su obtención y los indicadores que permitan evaluar su cumplimiento.

Se prevé también la obligación de evaluar anualmente la gestión del personal directivo en relación con el cumplimiento de los objetivos fijados previamente, así como las consecuencias de esa evaluación.

Por la propia naturaleza de las funciones directivas, el grado de cumplimiento de los objetivos fijados es un criterio determinante tanto a nivel retributivo como para la propia permanencia en el puesto directivo.

INCENTIVO POR OBJETIVOS Y CESES

Por lo que se refiere al nivel retributivo, el decreto desarrolla las previsiones de la Ley de 2011, en relación con el incentivo por objetivos, vinculando así parte de las retribuciones del personal directivo al cumplimiento de determinados objetivos.

Este incentivo se configura así en el decreto como un concepto retributivo ligado al cumplimiento de los objetivos previamente fijados en el programa anual de gestión, cuyas cuantías deben establecerse en dicho programa, previa autorización del órgano competente en materia presupuestaria y sin que las mismas puedan sobrepasar el límite máximo fijado en el propio decreto.

En cuanto a la permanencia en el puesto directivo, el decreto prevé que, además de por las causas previstas en el régimen aplicable al personal funcionario y por decisión discrecional, el personal directivo cesa también por una evaluación insatisfactoria de su gestión.

Publicado en:
Noticias relacionadas:
Recogiendo el reconocimiento
Blanca Fernández / Lanza
Premios ‘Mujeres Emprendedoras 2024’ de Castilla-La Mancha / JCCM
Equipo que elabora el protocolo y una guía de actuación sanitaria ante la mutilación genital femenina
La viceconsejera de Cultura y Deportes, Carmen Teresa Olmedo / Elena Rosa
Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha celebrado en Viso del Marqués / Lanza
Cerrar