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La oposición a docente no será eliminatoria, suprime la parte práctica y permitirá a interinos pasar a fijos sin examen

Unos 1.200 docentes de C-LM podrán participar en las diferentes ediciones del curso de dirección de centros educativos /Lanza
Varias personas, durante un examen de oposiciones
Lanza / MADRID/TOLEDO
La fase de oposición constará de una única prueba estructurada en dos partes que no tendrán carácter eliminatorio, es decir, que en la nota final y global de la prueba, que será de 0 a 10, deberá obtenerse al menos 5 puntos para acceder a la fase de concurso. La primera parte consistirá en el desarrollo de un tema y la segunda será la presentación de una unidad didáctica.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha llegado a un principio de acuerdo este martes con sindicatos y las comunidades autónomas para realizar algunos cambios en el modelo de concurso-oposición para acceder a la función pública docente de los años 2022, 2023 y 2024, con el objeto de reducir la temporalidad en el sector educativo.

Entre estos cambios figuran que el examen de oposición no tendrá carácter eliminatorio, que se suprimirá la parte práctica del mismo, y que los interinos podrán pasar a ser fijos, cumpliendo ciertos requisitos, sin necesidad de tener que examinarse, según consta en el borrador de real decreto al que ha tenido acceso Europa Press, que no prevé aprobarse hasta por lo menos el mes de abril, según fuentes del Ministerio.

Según recoge dicho borrador, la fase de oposición constará de una única prueba estructurada en dos partes que no tendrán carácter eliminatorio, es decir, que en la nota final y global de la prueba, que será de 0 a 10, deberá obtenerse al menos 5 puntos para acceder a la fase de concurso. La primera parte consistirá en el desarrollo de un tema y la segunda será la presentación de una unidad didáctica.

De este modo, la fase de oposición no constará de tres partes, como venía sucediendo hasta ahora (desarrollo de un tema, prueba práctica y presentación de una unidad didáctica), porque se elimina la parte práctica. Sin embargo, el borrador abre la puerta a que «en aquellas especialidades que incluyan contenidos de carácter aplicado, habilidades instrumentales o técnicas» se pueda «incorporar un ejercicio de carácter práctico».

Hasta ahora, el acceso a la función pública docente contemplaba la obligatoriedad de aprobar el examen (desarrollo de un tema y ejercicio práctico) para poder acceder a la segunda parte de la oposición (presentación de una unidad didáctica), pero con estos cambios propuestos, no haría falta aprobar cada una de las dos partes sino el conjunto de la fase de oposición.

Este borrador, que todavía está sujeto a más modificaciones, pretende con estos cambios reducir la tasa de temporalidad en la función pública docente a un 8%, como ya pidió Bruselas a España. Precisamente, la educación es uno de los sectores que más temporalidad tiene, con tasas de hasta un 25%.

Según fuentes ministeriales, este borrador de real decreto tiene como fin aplicar la futura Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, proyecto que se aprobará previsiblemente este martes en el Senado.

Sindicatos como CCOO consideran que es necesaria la convocatoria de más de 125.000 plazas a nivel estatal desde ahora y hasta 2024 para lograr reducir el porcentaje de temporalidad en la Educación.

Con este principio de acuerdo entre el Gobierno y sindicatos y comunidades autónomas, la fase de oposición tendrá un peso de un 60% y la del concurso, de un 40% de la puntuación total.

En la fase de concurso, se valorarán la experiencia previa (siete puntos), la formación académica (dos puntos) y otros méritos (un punto), de modo que la puntuación máxima será, como en la fase de oposición, de 10 puntos.

Con respecto a los interinos, el borrador establece que el proceso consistirá en «un procedimiento selectivo de ingreso, consistente en un concurso de méritos» que será distinto al del resto de aspirantes. Así, en estos casos, la experiencia previa contará un máximo de siete puntos; la formación académica hasta tres puntos; y otros méritos un máximo de cinco puntos (contando 2,5 puntos la superación de la oposición en la misma especialidad en convocatorias celebradas desde 2012).

Según CSIF, este concurso afectaría a las plazas ocupadas de forma temporal con anterioridad al 1 de enero de 2016, pues obtendrían el máximo de puntos en experiencia previa y en formación.

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