Es beneficiario del programa de consumo de frutas y hortalizas el alumnado de educación Primaria de todos los centros educativos objeto de esta convocatoria, así como el alumnado de segundo ciclo de educación Infantil de los Colegios Rurales Agrupados (CRA), de las escuelas unitarias y de las escuelas incompletas dentro de Castilla-La Mancha.
Asimismo, es beneficiario del programa el alumnado de educación especial de Educación Básica Obligatoria (EBO) y del Programa de Transición a la Vida Adulta (PTVA).
Los centros que participen deberán informar a las familias de dicha participación, poner a disposición del proveedor autorizado un listado de intolerancias y alergias, destinar los productos suministrados para ser consumidos en horario distinto al de comedor y siempre dentro de las instalaciones del centro y nombrar a una persona que forme parte de la plantilla del centro como personal coordinador del programa.
Deberán igualmente comunicar cualquier incidencia relacionada con el producto, colocar carteles identificativos de su participación en el programa, participar en las encuestas de seguimiento y evaluación y conservar en condiciones higiénico-sanitarias adecuadas las raciones de las frutas y hortalizas o las raciones de lácteos.

