Los precios de los alquileres hace que cada vez sea más difícil poder optar a uno sin comprometer una gran cantidad de la renta personal. Esta situación se acrecienta entre los jóvenes, normalmente con niveles de vida más bajos que los de otros grupos de edad, por su menor experiencia y menos capacidad de ahorro debido a su reciente entrada en el mercado laboral.
Es cierto que desde las instituciones se están promoviendo distintas ayudas para que este grupo de edad pueda acceder a una vivienda en alquiler y poder lograr emanciparse de los hogares de sus progenitores. Este es el caso del Gobierno de Castilla-La Mancha, que recientemente ha anunciado un nuevo Bono de Alquiler Joven dotado con 8 millones de euros, siendo el tercero que se pone en marcha.
Se trata de una ayuda de hasta 250 euros mensuales durante un periodo máximo de un año, para personas jóvenes de entre 18 y 35 años que acrediten actividad en el mercado laboral de al menos tres meses y que tengan rentas, con carácter general, inferiores a tres veces el IPREM (El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, se trata de un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo).
Hay una excepción en este sentido, las personas ya beneficiarias de esta ayuda que cambien de domicilio a otra provincia dentro de la Castilla-La Mancha o fijen su residencia en ella desde otra comunidad autónoma, donde el requisito del límite de rentas anuales será de cuatro veces el IPREM.
Está destinada para alquileres iguales o inferiores a 600 euros mensuales para viviendas y 300 euros mensuales en el caso de alquiler de habitación y se reconocerá desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre para aquellos contratos de alquiler, cesión de uso o alquiler de habitación que hayan estado vigentes entre esas fechas.
El periodo de presentación de las solicitudes para poder solicitar esta ayuda al alquiler para jóvenes, comenzó el pasado 10 de diciembre y terminará el 16 de febrero de 2026. Esta solicitud es preferible hacerla de manera electrónica en el apartado que ha habilitado la consejería de Vivienda en su web.
¿Qué se necesita aportar?
Con la solicitud se requiere que se aporte principalmente una copia del contrato de arrendamiento o de cesión de uso de la vivienda o habitación. Además del volante o certificado de Empadronamiento Colectivo de los residentes de la vivienda o individual en el caso de lo alquilado corresponda a una habitación.
También hay que aportar el certificado de la Renta 2024, del solicitante y de las que tenga su domicilio habitual y permanente en la vivienda objeto del contrato, en el caso de no autorizar su consulta, y justificar en el caso de tener un vivienda, las causas que impiden disponer de ella, además de una relación detallada de los ingresos o subvenciones que se hayan podido tener para financiar el alquiler.
