Uno de los principales aspectos que encarecen los préstamos personales son las comisiones que se cargan durante la apertura, vida y liquidación de los mismos. En función de su naturaleza, algunas de estas comisiones habrán sido previamente computadas en el cálculo de la TAE (Tasa Anual Equivalente). Sin embargo, otras dependerán de las circunstancias de cada caso. Por ese motivo, en este artículo vamos a proceder a exponerte las comisiones y gastos más habituales que debes tener en cuenta antes de solicitar un préstamo personal.
Comisión de estudio
Se trata de la comisión que cobra la entidad financiera por el estudio de viabilidad del préstamo, que consiste fundamentalmente en examinar nuestra solvencia para comprobar si disponemos de recursos suficientes para hacer frente a la devolución del dinero prestado. La comisión de estudio se cobra en forma de porcentaje sobre el montante que solicitemos. Ahora bien, sólo habremos de pagarla en caso de que efectivamente, el banco nos conceda el préstamo; con la salvedad de aquellos gastos que puedan haber tenido su origen en servicios de terceros. En cualquier caso, será necesario que el banco haya pactado con nosotros previamente la intervención de estos profesionales, y nos haya advertido sobre la obligatoriedad de pagar sus servicios con independencia del resultado final.
Comisión de apertura
Ésta es una comisión que se cobra en calidad de gastos administrativos generados por la gestión de la formalización del crédito. Dependiendo de los casos, puede tratarse de una cantidad fija o de un porcentaje. Esta comisión suele pagarse en el momento de la firma del contrato, si bien es posible acordar el pago de la misma a lo largo de la vida del préstamo.
Gastos de corretaje
A menudo, la entidad bancaria nos exigirá la intervención de un corredor de comercio que intervenga la póliza de nuestro préstamo para dar fe del contrato. Aunque no se trata de una comisión per sé, sí supone un gasto sustancial a tener en cuenta a la hora de valorar el coste de solicitar un préstamo.
Gastos generados por la contratación de otros servicios o productos
De la misma manera que en el caso anterior, este tipo de gastos no constituyen una comisión. Sin embargo, si su contratación resultara obligatoria, sería absurdo no incluirlos en el cómputo de los costes totales de la concesión de aquel. Tales gastos pueden incluir la contratación de un seguro de vida, un seguro de pago del préstamo en el caso de que nos quedemos en situación de desempleo, la contratación de una tarjeta de crédito con cuota de mantenimiento, o la apertura de una cuenta que requiera igualmente el pago regular de un mantenimiento.
Comisión de modificación de contrato o cambio de garantías
Pudiera darse el caso de que, durante el transcurso de la vida del préstamo, deseemos cambiar las condiciones del contrato. En esas circunstancias, es frecuente que el banco nos exija una compensación económica para sufragar los gastos que suponga la gestión de dichos cambios, o el posible nuevo análisis de riesgos, como consecuencia de la alteración de los términos contractuales.
Comisión por amortización parcial anticipada
Esta comisión está concebida para compensar a la entidad bancaria por el lucro cesante debido a la amortización de parte del préstamo. Es decir, hemos de pagar una determinada cantidad para compensar aquello que el banco deja de ganar con la amortización antes de plazo. De acuerdo con la normativa actual, las comisiones por amortización parcial anticipada no pueden superar el 3% en el caso de créditos al consumo a interés fijo, y el 1,5% si están a interés variable. Para el resto de préstamos personales, no existen límites predeterminados por la ley, de forma que serán aquellos que se acuerden en el contrato.
Comisión por cancelación anticipada
Al igual que en el caso anterior, la entidad bancaria será compensada si decidimos cancelar completamente nuestro préstamos antes de que venza el plazo previamente acordado. En la medida en que los intereses a pagar quedarán reducidos, esta comisión funciona como compensación por esa pérdida. Esta comisión también está limitada por la ley a un 3% y un 1,5% respecto a los créditos al consumo a interés fijo y variable respectivamente, quedando el resto de casos a la voluntad de las partes.
Cada banco aplica unas comisiones
La imposición de estas comisiones queda totalmente a merced de la decisión de la entidad bancaria a la que acudimos. En ese sentido, es posible que haya entidades que no cobren algunas de las comisiones mencionadas, o incluso prácticamente ninguna. Por otra parte, y salvo en los casos expresamente señalados, el porcentaje o cantidad que se cobre en cada comisión dependerá de aquello que establezca el propio banco o que hayamos pactado previamente.
Antes de firmar cualquier contrato de préstamo personal, y para evitar sorpresas desagradables en el momento más inoportuno, asegúrate de conocer todas estas comisiones y gastos más habituales.