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El Congreso aprueba la reforma que suprime la sedición, pero el PP y Ciudadanos rehúsan participar en la votación

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La secretaria general del Partido Popular, Cuca Gamarra / Jesús Hellín – Europa Press
Europa Press / MADRID
Batet garantiza que la Cámara acatará cualquier resolución del TC pero que, de momento, no ha recibido notificación alguna

El Pleno del Congreso ha aprobado este jueves la ley que suprime el delito de sedición, reforma el de malversación y modifica la elección de los dos magistrados del Tribunal Constitucional que corresponde nombrar al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), pero lo ha hecho en una votación en la que no han participado ni el PP ni Ciudadanos.

En concreto, la proposición de ley ha recabado el voto de 184 diputados de los partidos del Gobierno y de sus aliados parlamentarios, superando el listón mínimo de la mayoría absoluta (176) que requería por su carácter orgánico.

Así, han apoyado la reforma los dos grupos que conforman el Gobierno de coalición más ERC, el PNV, el PDeCAT, Más País y Bildu, pese a que la coalición abertzale había optado por abstenerse durante el trámite en la Comisión de Justicia. En el Pleno, la única abstención ha llevado la firma del diputado de Compromís, Joan Baldoví, quien había expresado sus dudas ante la reforma del delito de malversación porque teme que pueda beneficiar a condenados por corrupción.

De su lado, han votado en contra Junts, la CUP, Coalición Canaria, el BNG, Foro Asturias, Navarra Suma, Teruel Existe, el Partido Regionalista de Cantabria, la diputada del PP Valentina Martínez, y Vox.

ÚLTIMO INTENTO DE VOX

Los de Santiago Abascal habían abandonado el hemiciclo durante el debate de la iniciativa tras la negativa de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, de suspender el Pleno hasta que el TC se pronunciara sobre el recurso de amparo presentado por ellos y el PP, pero que después han vuelto.

Antes de la votación el secretario general del grupo parlamentario, José María Figaredo, ha pedido una vez más a la presidenta que la votación no se llevara a cabo hasta tener una resolución del Tribunal Constitucional sobre las enmiendas relativas al Consejo General del Poder Judicial y el propio Tribunal de garantías, que han sido impugnadas tanto por el PP como por Vox.

Uno de los argumentos esgrimidos previamente por Batet para no suspender la sesión había sido que la Mesa del Congreso no había recibido ninguna comunicación oficial del TC relativa a la deliberación de los recursos, por eso Vox se ha dirigido formalmente al órgano de gobierno de la Cámara informándole de la decisión del TC de continuar sus deliberaciones el lunes.

Sin embargo, Batet ha contestado a Figaredo que «la comunicación por parte de un grupo parlamentario» no puede acarrear la suspensión de un procedimiento legislativo. También ha mencionado el artículo 270 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el 150 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para recordarle que «la notificación es el medio para tomar conocimiento de la existencia y eficacia de una resolución judicial» y ha dejado claro que, «por supuesto» la Cámara «acataría como no puede ser de otra manera», una notificación proveniente del TC.

Por su parte, PP y Ciudadanos han decidido no participar en la votación. Los ‘populares’ estaban en sus escaños, pero no han apretado botón algún mientras que los ‘naranjas’ ni siquiera han entrado al Salón de Plenos para la votación.

NO SOMOS PARTIDARIOS DE ABANDONAR LAS INSTITUCIONES

Tras aprobarse la ley, Gamarra ha vuelto a pedir la palabra para explicar que su grupo no ha participado en la votación porque, a su juicio, esta no tendría que haberse celebrado, ya que el Congreso debería haber esperado a que el TC decidiera sobre el recurso interpuesto por su grupo.

«Como no somos partidarios de abandonar las instituciones nos hemos quedado, pero en un momento tan crítico como este evidentemente no vamos a votar», ha concluido.

Desde Ciudadanos, cuyos diputados sí han estado en el hemiciclo durante el debate, han explicado que se han negado tanto a estar presentes durante la votación para no participar «en la cacicada» que, a su juicio, ha cometido el Congreso «en connivencia y bajo la dirección de la presidenta de la Cámara» sólo «para favorecer a sus socios separatistas condenados».

Una vez aprobada por el Pleno del Congreso, la ley se envía al Senado para completar su tramitación. En la Cámara Alta se espera votar el próximo día 22 y los socialistas esperan que no haya cambios para que entre en vigor antes de Navidades.

CAMBIOS LEGALES

La proposición de ley, que se ha despachado en el Congreso en apenas cinco semanas, tenía como objeto principal suprimir del Código Penal el delito de sedición por el que fueron condenados los líderes independentistas del procés, aunque también se añadieron otras medidas como el agravamiento de condena por ocultación de cadáver.

Y cuando llegó el momento de presentar enmiendas al articulado, el PSOE y Unidas Podemos introdujeron otros asuntos como la reforma del sistema para designar candidatos al TC por parte del Consejo del Poder Judicial. Así, se pasa de una mayoría de tres quintos –que ahora requiere al menos 11 votos– a una simple para que el CGPJ designe a sus dos candidatos al TC y que, en caso de que el órgano de gobierno de los jueces siga incumpliendo su obligación de enviar dos aspirantes al Constitucional, se puedan exigir a sus vocales responsabilidades penales.

Además, contemplan que, en lugar de que cada uno de los 18 vocales proponga y vote a dos candidatos, proponga y vote solo a uno, lo que –según explican las fuentes del CGPJ consultadas por Europa Press– garantizará que los dos más votados sean los aspirantes elegidos por cada bloque del Consejo (el progresista y el conservador). Esto es, en el caso de los progresistas: el magistrado del Tribunal Supremo (TS) José Manuel Bandrés.

Asimismo, introdujeron un nuevo delito de enriquecimiento lícito al mismo tiempo que pactaron con ERC una modificación de las penas por malversación: cuando haya ánimo de lucro, manteniendo las penas actuales (de 2 a 12 de cárcel y 6 a 20 de inhabilitación); y dos tipos nuevos: uno sin ánimo de lucro para «usos privados» (de 6 meses a 3 años de prisión e inhabilitación de 1 a 4 años) y otro para cuando lo malversado va a un fin distinto al previsto (de 1 a 4 años de cárcel y 2 a 6 de inhabilitación).

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