• Ciudad Real
  • Resultados deportivos de Ciudad Real en directo
  • Ligas Globalcaja Diputación Ciudad RealLa Liga Globalcaja Diputación es un emocionante campeonato de deporte base que reúne a los más pequeños talentos de la región, con competiciones de fútbol 8, balonmano y baloncesto. La Liga Globalcaja Diputación se ha consolidado como un referente en el deporte base de Castilla-La Mancha, gracias al apoyo de instituciones locales y provinciales. En cada jornada, familias, entrenadores y jugadores convierten los campos de fútbol en puntos de encuentro y convivencia, fortaleciendo el tejido social de las localidades participantes. Sigue en LanzaDigital todas las noticias, resultados, clasificaciones y estadísticas de la competición.
  • El Campo
  • Blogs
  • Internacional
  • Nacional
  • Agenda
  • Anuncios Oficiales
  • Galerías
  • Imágenes del día
  • Semana Santa 2025La celebración de la Semana Santa alcanza en Ciudad Real su máxima expresión artística y devocional, prolongándose desde el Domingo de Pasión hasta el Domingo de Resurrección. Las veinticuatro hermandades procesionan con treinta y cuatro pasos de gran valor artístico y todos los hermanos visten sus túnicas para completar el cortejo procesional. La Semana Santa de Ciudad Real está declarada de Interés Turístico Nacional.  Sigue en Lanza Digital los diferentes actos programados, guías de procesiones y las mejores galerías para vivir la Semana Santa 2025.
  • Fenavin 2025Fenavin es la feria referencia del vino español. El evento se celebra en Ciudad Real cada dos años. Fenavin está dirigida a profesionales de la industria vitivinícola. La última edición de Fenavin se celebró el 9, 10 y 11 de mayo de 2023. La próxima edición de Fenavin se celebrará los días 6, 7 y 8 de mayo de 2025. Sigue en Lanza Digital toda la actualidad, actos preparados y programación de las diferentes ediciones de Fenavin.
  • Vídeos
  • Toros
  • Suscríbete a nuestra newsletter

Política

El PSOE lleva al Constitucional la negativa del Supremo a revisar los votos nulos del 23J en Madrid

Los socialistas han alegado que la negativa del Supremo ha vulnerado el derecho fundamental al sufragio pasivo

EuropaPress 4714982 edificio tribunal constitucional 30 septiembre 2022 madrid espana comisario scaled
Sede del Tribunal Constitucional
Europa Press / MADRID
El alto tribunal rechazó la petición de los socialistas al considerar que la diferencia de 1.200 votos no era suficiente para la revisión

El PSOE ha recurrido ante el Tribunal Constitucional (TC) la decisión del Tribunal Supremo (TS) de desestimar su petición de revisar unos 30.000 votos nulos de las elecciones generales del pasado 23 de julio en la provincia de Madrid.

En un recurso de amparo electoral, al que ha tenido acceso Europa Press, los socialistas han alegado que la negativa del Supremo ha vulnerado el derecho fundamental al sufragio pasivo al «realizar una interpretación restrictiva» de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), «respecto a la realización del escrutinio general y la posibilidad de la apertura de todos los votos nulos consignados».

A su juicio, también ha vulnerado el derecho fundamental de acceso en condiciones de igualdad a los cargos públicos electivos, «al producirse una situación de hecho diferenciada entre representantes cuyo ámbito de elección es el local y aquellos cuyo ámbito de elección es provincial o mayor».

En este sentido, la formación ha insistido en sus 25 folios que «no hay en la LOREG ningún precepto que prohíba expresamente reclamar la revisión de los votos nulos que, de hecho, están en poder de la Junta Electoral en el acto de escrutinio general como parte del sobre número uno remitido por cada mesa electoral».

LA DECISIÓN DEL SUPREMO

El PSOE acude ante el tribunal de garantías después de que el Supremo considerara que «la mera diferencia numérica en los resultados que se aducen en este caso (1.200 votos) no es base suficiente para la revisión».

En una sentencia dictada el pasado viernes, a la que tuvo acceso esta agencia de noticias, los magistrados de la Sala de Vacaciones realizaron un examen de la jurisprudencia y doctrina del TC y concluyeron que la petición del PSOE no cumple con los requisitos previstos por la corte de garantías.

El Supremo consideró que no se habían aportado «datos aritméticos o cálculos estadísticos solventes que permitan verificar, tan siquiera hipotéticamente, la relevancia de la revisión de voto en el resultado final y en la atribución del escaño controvertido».

El PSOE acudió al alto tribunal con la intención de que se revirtiese la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) porque, a su juicio, la proclamación como diputado electo del dirigente del PP Carlos García Adanero había «cercenado» la posibilidad de proclamar al socialista Javier Rodríguez Palacios, número 11 en las listas de Madrid. Cabe recordar que, de conseguir un escaño más, el PSOE tendría más fácil una hipotética investidura de Pedro Sánchez porque ya no necesitaría del voto a favor de Junts, sino que le bastaría con una abstención.

En su recurso, la formación insistió en que la JEC había hecho una interpretación errónea de la ley electoral al restringir su derecho a revisar los votos nulos. Y alegó que era necesario que se revisaran dichos votos para determinar si ha obtenido 121 o 122 escaños al Congreso de los Diputados.

El Supremo, sin embargo, dijo que no cabía aceptar el argumento esgrimido por el PSOE y recalcó que –por muy amplio que sea el criterio interpretativo para procurar la máxima efectividad del derecho de sufragio– no podía aceptarse que «en el caso concreto analizado el mero ajuste del resultado exija la fiscalización o comprobación de la actuación de cada Mesa en el cometido de sus funciones».

Así, la Sala de Vacaciones explicó que no era posible acordar una revisión preventiva de los votos nulos «por si acaso pudiera apreciarse alguna errónea apreciación del voto nulo» que fuera favorable al PSOE.

En este sentido, los magistrados afearon a los socialistas que no basaran su solicitud en «una irregularidad o vicio en el proceso electoral que pueda implicar la falta de correlación entre la voluntad del cuerpo electoral y el resultado final, obtenido tras el ordenado y regular desarrollo del proceso con arreglo a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG)».

Publicado en:
Publicidad Lanza Digital
Publicidad Lanza Digital
Noticias relacionadas:
La presidenta de la Ejecutiva provincial del PSOE de Toledo, Tita García Élez
Sergio Gutiérrez en Molina de Aragón por el Congreso Provincial del partido / Lanza
El Grupo Parlamentario Socialista en el Pleno de las Cortes / EP
Francisco Barato, esta mañana en la sede del PSOE en Ciudad Real / Elena Rosa
María del Prado Redrejo, secretaria general del PSOE de Guadalmez / Lanza
Tita García Élez  / Lanza
Cerrar