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El Supremo rechaza los recursos de Vox y PP contra el nombramiento de Delgado como fiscal General del Estado por falta de legitimidad

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La fiscal general del Estado, Dolores Delgado /Lanza
Lanza / MADRID
Dado que inadmite los recursos no entran a valorar el fondo de los mismos sobre si la designación como fiscal general del Estado fue idónea

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido este martes los recursos de PP y Vox contra el nombramiento de Dolores Delgado –ex ministra de Justicia– como fiscal general del Estado (FGE) al entender que hay una falta de legitimidad activa de ambas formaciones. La votación de la Sala se ha resuelto por cinco votos contra dos, y los magistrados que abogaban por la legitimidad para presentar recurso realizarán votos particulares.

De esta manera, el Supremo no entra a valorar la idoneidad o imparcialidad del nombramiento de Delgado por Real Decreto de 25 de febrero de 2020 dado que zanja el asunto por esa falta de legitimidad. La decisión la ha adoptado la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso y la sentencia se hará pública en los próximos días.

La decisión llega después de que el tribunal optara por mantener el asunto sobre la mesa tras inadmitir en un primer momento la pretensión de la Abogacía del Estado para que los recursos fueran declarados inadmisibles por falta de legitimación activa de ambos partidos para recurrir el nombramiento instado por el Gobierno.

En sus alegaciones, la Abogacía del Estado señalaba que el Supremo ni siquiera debería entrar a resolver sobre el fondo de esta cuestión porque «la invocación de la libertad individual, el Estado de Derecho, el imperio de la Ley, la independencia de la Justicia y el sistema democrático, que hace el partido político recurrente –el PP en ese caso–, no confiere ningún título que legitime la interposición del presente recurso contencioso administrativo». Ahora, la postura de los servicios jurídicos del Estado se ve respaldada por la decisión de la Sala.

Cabe recordar que el PP ante este argumento de Abogacía respondió que debería tenerse en cuenta que la labor de Delgado es susceptible de afectarle «respecto de los diferentes procedimientos judiciales en curso» en los que los populares son parte. Añadía que además, como primer partido de la oposición, el PP debía ejercer control sobre los «actos de Gobierno, tanto parlamentariamente como también mediante la interposición de los oportunos recursos ante la jurisdicción ordinaria y la constitucional».

Los argumentos del PP y de VOX

En la demanda que presentó en el verano de 2020, el PP solicitaba la anulación el real decreto por el que se nombró a Delgado al entender que no cumple con los criterios de idoneidad e imparcialidad exigibles para dirigir la Fiscalía debido a que en la anterior legislatura fue ministra de Justicia del Gobierno de Pedro Sánchez.

El partido que lidera Santiago Abascal, por su parte, fundamentó su recurso en que el informe emitido por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para el nombramiento de Delgado. «No puede considerarse válido al no cumplir el trámite preceptivo que imponen el artículo 124.4 de la Constitución Española y el artículo 29.1 de la Ley 50/1981, 30 diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal», ya que «expresamente se ha excluido del juicio de los vocales del Consejo el requisito subjetivo, el atinente a tratarse de una jurista de reconocido prestigio, pues, sobre dicho requisito, pivota el juicio de idoneidad», apuntaban.

Así, solicitaban la nulidad del acuerdo impugnado por infracción del principio de imparcialidad, contenido en el artículo 124.2 de la Constitución, al considerar que Delgado pasó de ser ministra de Justicia y diputada del PSOE a ser propuesta y nombrada fiscal general.

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