La Dirección General de Acción Social ha convocado las subvenciones a entidades locales de Castilla-La Mancha para la financiación de los gastos ocasionados en el ejercicio 2023 para la mejora de la atención de las necesidades básicas de las personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania que carezcan de recursos económicos suficientes. El plazo para pedir estas solicitudes comenzará este miércoles, 1 de noviembre, y finalizará el 22 de enero de 2024.
Según publica este martes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y recoge Europa Press, podrán optar a estas ayudas las diferentes agrupaciones municipales, mancomunidades, municipios y Eatim de la región.
La cuantía total máxima destinada a esta convocatoria es de 648.473,57 euros, aunque el importe máximo individualizado por cada subvención que pueda otorgarse en una convocatoria será de 80.000 euros.
Las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por orden de presentación de las mismas, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos y hasta el agotamiento de la financiación disponible.
Las solicitudes, debidamente firmadas de forma electrónica, se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Acción Social de la Consejería de Bienestar Social y deberán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es.
Las solicitudes de subvención se acompañarán de una memoria explicativa de las actuaciones objeto de la convocatoria para las que se solicita la subvención y de la documentación justificativa prevista en la base decimocuarta relativa a la justificación, así como de los gastos efectivamente realizados conforme a la base tercera.
No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al señalado anteriormente ni las presentadas fuera del plazo establecido, que se inadmitirán. Además, solamente se admitirá una única solicitud por entidad, de manera que la presentación de una segunda o sucesivas solicitudes conllevará la anulación de todas ellas a excepción de la última presentada.