El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que instruye la causa por el ‘procés’ en el Tribunal Supremo, ha decretado el ingreso en prisión incondicional del candidato a la Presidencia de la Generalitat, Jordi Turull, de los exconsejeros Raül Romeva, Josep Rull y Dolors Bassa y la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell ante el riesgo de fuga y de reiteración delictiva en los delitos por los que les ha procesado este mismo viernes. Lo hace a petición de la Fiscalía, de la Abogacía del Estado y de la acusación popular ejercida por Vox.
En su auto, el juez lo justifica porque no cree sus manifestaciones y porque a su juicio ninguno de ellos reconoce la ilegalidad de su conducta.
Tras escucharles este viernes en la vistilla para estudiar si modificaba la libertad bajo fianza que pesaba sobre todos ellos, concluye que “no se aprecia en su esfera psicológica interna un elemento potente que permita apreciar que el respeto a las decisiones de este instructor vaya a ser permanente, ni por su consideración general al papel de la justicia, ni porque acepten la presunta ilegalidad de la conducta que determina la restricción de sus derechos”.
Además, el juez apunta que, si bien es cierto que los procesados han comparecido ante el tribunal siempre que han sido llamados, la investigación también ha reflejado su clara insurrección a las diferentes órdenes judiciales -de prohibición de celebración del referéndum, entre otras- las cuales “han desatendido de manera contumaz y sistemática” durante los últimos años.
En su auto, de 10 páginas, resume que la gravedad de los hechos descritos en el auto de procesamiento que dictó para todos ellos y otra veintena de investigados en la causa, la utilización de las instituciones para su ejecución y la previsión de retornar la actuación que contenía el “Libro Blanco” -una especie de plan de independencia presentado públicamente en 2012- determinan que “sus derechos políticos no muestran una preeminencia y mayor necesidad de tutela” que los derechos que preserva la decisión judicial.
MOTIVOS PARA TURULL
En cuanto al candidato a presidir la Generalitat Jordi Turull, le atribuye una “grave actuación delictiva” y especifica que aunque cualquier ciudadano tiene el reconocimiento de optar a una investidura democrática y representativa, esta facultad no desactiva la obligación judicial de velar porque el ejercicio de este derecho no ponga en riesgo “facultades de mayor relevancia y más necesidades de protección”.
El Ministerio Público había argumentado ante el juez Pablo Llarena que existe riesgo de fuga en el caso de todos ellos y que esta circunstancia se ve agravada por el hecho de que la número ‘dos’ de ERC, Marta Rovira, no haya acudido este viernes a la sede judicial tras haber huido.
A este respecto, las defensas habían alegado que no podía adoptarse una resolución en función del comportamiento procesal que hayan podido adoptar otros encausados, en clara referencia a la número dos de ERC. El juez Llarena les contesta que este alegato es “razonable” si bien la consideración del riesgo de fuga se basa en sus propias circunstancias personales”.
De acuerdo con el auto que el juez ha notificado este mismo viernes a las partes personadas en la causa, tanto Turull como Rull, Romeva y Bassa están procesados por los delitos de rebelión y malversación mientras que a Forcadell se le atribuye únicamente delito de rebelión.
NO LE VALE QUE RENUNCIARAN AL ACTA
Sobre el “marcado” riesgo de reiteración delictiva, Llarena expone que sin perjuicio de que algunos de los procesados hayan renunciado a su acta de diputado (Bassa y Forcadell) todos ellos “han compartido la determinación de alcanzar la independencia de Cataluña”. Añade que esta “aspiración” la han pretendido satisfacer “mediante instrumentos de actuación que quebrantan las normas prohibitivas penales con apoyo de un movimiento social administrativo y político de gran extensión”.
Por ello, el juez concluye que la renuncia al acta de diputado “ni despeja la posibilidad de que persista la determinación para impulsar los objetivos sin respeto a las normas penales ni excluye que los procesados puedan realizar aportaciones a esa intención desde colaboraciones muy diversas, y todas ellas diferentes de la actividad parlamentaria”.
La actuación de los procesados, insiste el magistrado no permite llegar a la convicción de que hayan abandonado su intención de retornar “al anormal funcionamiento de las instituciones” y por lo tanto tampoco descarta la posibilidad de que los exmiembros del Govern y Forcadell puedan prestar una colaboración a la causa independentista desde distintos ámbitos de la vida política.
El juez pone como ejemplo que esto ya ocurrió en el caso de la expresidenta del Parlament, que inició la ejecución de los hechos que ahora se investigan cuando era presidenta de la entidad soberanista Asamblea Nacional Catalana (ANC) y continuó como presidenta de la cámara autonómica después. “La medida cautelar garantiza así el acertado retorno del autogobierno”, añade en el auto.