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Sánchez reafirma que la denegación de indemnización a víctimas del GAL que sean victimarios «no está sujeta a revisión»

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Pedro Sánchez en imagen de archivo / Europa Press
Lanza / MADRID
Sánchez ha respondido así a la portavoz del GPV, Estefanía Beltrán de Heredia, que ha preguntado al presidente por si el Gobierno va a revisar las denegaciones a víctimas que "no han sido condenadas judicialmente por participación en delitos graves".

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha reafirmado este martes que la denegación de reconocimiento e indemnización a ciertas víctimas del Grupo Antiterrorista de Liberación (GAL), del Batallón Vasco Español (BVE) y de grupos de extrema derecha es «ajustada al derecho» y «no cabe revisión» a la misma, ante los cuestionamientos del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (GPV)

En el Pleno de la Cámara Alta, el presidente ha defendido que la desestimación en cuestión ha sido también confirmada por la Audiencia Nacional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), por lo que ha insistido en que estos «actos administrativos han adquirido firmeza a través de recursos en vía judicial».

Sánchez ha respondido así a la portavoz del GPV, Estefanía Beltrán de Heredia, que ha preguntado al presidente por si el Gobierno va a revisar las denegaciones a víctimas que «no han sido condenadas judicialmente por participación en delitos graves».

El presidente ha recordado a la senadora que los casos a los que se refiere parten de una reclamación judicial de los afectados, que estaban en contra de la decisión de la Dirección General de Apoyo a las Víctimas de Terrorismo del Ministerio del Interior. «La decisión de la Justicia ante ese recurso fue la confirmación por parte del Ministerio», ha señalado Sánchez, que ha insistido en el rol de la justicia, ante lo que el Gobierno lo que hace es «aplicar lo establecido en la Ley de Víctimas del Terrorismo.

En esta línea, Sánchez ha recordado que el artículo 3 de la ley «impide reconocer el derecho de indemnización» a personas «que reúnan la condición de víctima –de las organizaciones mencionadas– y de victimario, por su condición de miembro de una organización terrorista si así ha quedado acreditada en los informes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado». Esto, ha hecho hincapié, no es específico de la legislación española, sino que está «inspirado» en la jurisprudencia europea».

Beltrán de Heredia ha trasladado a Sánchez que su Grupo Parlamentario «no puede estar de acuerdo» con la «interpretación» del Gobierno del artículo de la ley mencionado, porque, según sus palabras, «deniega la ayuda por pruebas indiciarias, no concluyentes». «¿Cómo es posible que mediante un procedimiento administrativo se determine la existencia de un delito y a las personas culpables? Sin que haya mediado un procedimiento judicial, sin sentencia condenatoria firme», ha sentenciado.

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