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En aplicación de la Ley de Amnistía

La Fiscalía pide al Supremo amnistiar la malversación y la desobediencia al ‘procés’

Reclama también que desactive la orden nacional de detención contra Puigdemont

Puigdemont, expresidente del Gobierno catalán / EP
Puigdemont, expresidente del Gobierno catalán / EP
Europa Press / MADRID

La Fiscalía ha pedido este miércoles al Tribunal Supremo (TS) que aplique la ley de amnistía a la malversación y la desobediencia que se le atribuye a los líderes del ‘procés’, incluido el expresidente catalán Cales Puigdemont, al entender que no hacerlo «dejaría prácticamente vacío de contenido lo dispuesto» en la norma que entró en vigor la semana pasada.

El Ministerio Público también reclama la amnistía para los exconsejeros procesados en rebeldía Toni Comín, Lluís Puig y Clara Ponsatí, y para la secretaria general de ERC, Marta Rovira; así como para el exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y para los exconsejeros condenados Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.

Asimismo, aboga por levantar las órdenes nacionales de detención que pesan sobre Puigdemont, Puig, Ponsatí y Rovira. Y pide declarar el archivo de la causa que se mantiene abierta contra ellos.

Así consta en el escrito, recogido por Europa Press, que el Ministerio Público ha presentado ante el alto tribunal bajo la firma de la teniente fiscal del Supremo, Ángeles Sánchez Conde, y del fiscal de Sala jefe de lo Penal de la Fiscalía del TS, Joaquín Sánchez-Covisa.

Ambos fiscales han asumido la causa del ‘procés’ por encargo del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, después de que ayer martes la Junta de Fiscales avalara su postura sobre la ley de amnistía frente a la de los cuatro fiscales que llevaban el procedimiento y que participaron en el juicio celebrado en 2019.

Los intereses financieros de la UE

En su informe, los fiscales defienden que la malversación del ‘procés’ es amnistiable, entre otros motivos, porque los hechos probados en esta causa «no contienen ninguna alusión o referencia a que se hubiere producido una afectación directa o indirecta a los intereses financieros de la Unión Europea».

Además, señalan que «no se aprecian razones para entender que sea de aplicación la exclusión prevista en el art. 2.e) LOA, pues no consta que se vieran afectados los intereses financieros de la Unión Europea». Y añaden que «los fondos desviados no eran fondos europeos según las definiciones ofrecidas por la Directiva (UE) 2017/1371 y por el Reglamento (UE) 2017/1939».

«Desde el punto de vista de los ingresos, cabe afirmar que el presupuesto de la Unión no sufrió impacto alguno a causa del desvío de fondos para la celebración de la consulta independentista de 1 de octubre de 2017», apuntan.

Tampoco ven enriquecimiento personal

Insisten también en que se puede amnistiar la malversación porque el perjuicio patrimonial para la Administración que causaron los encausados no es equiparable al enriquecimiento personal de carácter patrimonial.

Para los fiscales «es lógico concluir» que se debe amnistiar la malversación «siempre que el responsable del delito se hubiera limitado a desviar fondos públicos con la única finalidad de financiar, sufragar o facilitar la convocatoria y/o celebración de las consultas del 9 de noviembre de 2014 y del 1 de octubre de 2017».

En este sentido, recalcan que «transcurridos varios años desde la celebración de la consulta del 1 de octubre de 2017, es notorio que la misma fue íntegramente financiada mediante el desvío de fondos públicos que fueron ilícitamente distraídos». Y sostienen que no amnistiar estos hechos «dejaría prácticamente vacío de contenido lo dispuesto» en la ley de amnistía.

Matizan, sin embargo, que dicha conducta «no será susceptible de ser amnistiada cuando, al margen de la voluntad o ánimo de conseguir la celebración de las consultas, el responsable del delito persiguiera, asimismo, la consecución de otras finalidades de carácter económico o patrimonial».

Defiende la legitimidad de las condenas

En otro escrito remitido a la Sala de lo Penal del Supremo, en el que pide aplicar la amnistía Junqueras, Romeva, Turull y Bassa, la Fiscalía respalda las condenas impuestas y a los tribunales que juzgaron el proceso independentista catalán aunque vayan a ser amnistiados por decisión del Poder Legislativo.

«El hecho de que los delitos cometidos sean amnistiados por decisión del legislador español no permite poner en duda la legitimidad de las condenas o la de los jueces y tribunales que las dictaron», señalan.

En este sentido, inciden en que la entrada en vigor de la ley de amnistía «no ofrece un nuevo trámite procesal que permita discutir o poner en tela de juicio la realidad de los hechos por los que los reos fueron condenados». «Tampoco se abre ahora una nueva oportunidad para efectuar una nueva valoración o revisión de la subsunción jurídica en su día realizada», añaden.

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