En un comunicado, el Colegio ha argumentado que la exclusión de especialistas facultativos en Psicología Clínica, limitando la participación en la convocatoria a los facultativos con nombramiento como personal estatutario fijo que ostenten plaza en la especialidad de Psiquiatría, no es ajustada a derecho, incumple la legalidad vigente y hace nula de pleno derecho la convocatoria, por no respetar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
En ese sentido, ha considerado que la particular denominación de ‘Servicio de Psiquiatría’, adoptada de forma “arbitraria” por el Hospital General La Mancha Centro, choca con la propia denominación y contenido del Plan de Salud Mental de Castilla-La Mancha 2018-2025, ya que debería denominarse ‘Servicio de Salud Mental’.
Además, se aparta, ha proseguido, de las recomendaciones contempladas en el informe de la Comisión para la reforma psiquiátrica, de abril de 1985, y que se tuvieron en consideración en la reforma del sistema sanitario general, incluyéndolas en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, con las bases de la plena integración de las actuaciones relativas a la salud mental en el sistema sanitario general y la total equiparación del enfermo mental a las demás personas.
Facultativos especialistas
La resolución impugnada “olvida”, reza el comunicado, que los psicólogos clínicos, al igual que los psiquiatras, son facultativos especialistas y que la convocatoria para cubrir un puesto de jefe del ‘Servicio de Psiquiatría’ en el Hospital General La Mancha Centro, con el requisito de que únicamente puede concurrir a ese proceso selectivo los facultativos especialistas en Psiquiatría, vuelve al “arcaico orden médico”, pues establece una “jerarquía totalmente corporativista” que vulnera los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
Y agrega que el liderazgo del equipo y la responsabilidad sobre el proceso terapéutico no tienen por qué ser funciones exclusivas del psiquiatra, dado que “pueden recaer tanto en el psiquiatra como en el psicólogo clínico”.