Durante su comparecencia han reconocido que, junto a sus abogados, están estudiando la posibilidad de “argumentar para que pudiera considerarse de nuevo si existe un delito de calumnias”, ya que Puente ha sido condenado por delitos de injurias.
Aunque han mostrado su satisfacción con la sentencia reconociendo que no pretenden aumentar la multa e indemnización del querellado, se busca reponer la dignidad y el honor que se vieron afectados por las declaraciones de Puente.
Pedro Pablo Novillo, ex dirigente del PSOE, ha indicado que se trata de “una sentencia medida, diligente, bien argumentada, tanto para condenar al señor Puente por tres delitos de injurias, como para absolverlo de otros tantos delitos de calumnias”, hecho que en su opinión, no excluye la opción de recurrirla. Esta decisión no implicaría la participación de la Plataforma del Agua en el recurso de la sentencia.
Por su parte, Garrido ha mostrado su disconformidad con que el entonces alcalde durante la anterior legislatura, Diego Ortega, y su Grupo Municipal, “no pusiera límites” al portavoz en sus intervenciones, “al menos públicamente”, como ha apuntado, ya que como deja ver la resolución del caso, ha sido condenado por “diversas expresiones a lo largo del tiempo”.
“Creemos que la sentencia debe ser un ejemplo para todos y más para las personas que ostentan cargos públicos, que aprendan que todo en política no vale y que el respeto a las personas, a su vida familiar y laboral es muy importante”, ha manifestado el concejal.
Puente ha sido condenado a abonar una multa durante siete meses a razón de 10 euros diarios, que ascienden a un total de 6.300 euros. Además, de una indemnización por valor de 6.000 euros para cada uno de ellos por el daño moral causado. Dicha multa ha sido establecida por el juez en su valor más mínimo, pudiendo ascender hasta los 350 euros al día.