A través de iniciativas de prevención y de disuasión, en los últimos años se han conseguido reducir los accidentes de tráfico con presencia de alcohol o drogas en los conductores, y ello también es gracias a la concienciación de la sociedad del peligro que supone para el propio conductor y los demás usuarios de las vías públicas el combinar estos con la conducción. Pero todavía no es así en el caso de las distracciones al volante, como puede ser el uso de teléfonos móviles, un factor “que multiplica por cuatro el riesgo de sufrir un accidente”: marcar un número de teléfono, responder a una llamada telefónica, leer o contestar a un WhatsApp, son en muchos casos las distracciones causantes de accidentes de tráfico, entre ellos muchos atropellos de peatones.
Pero también mirar o leer al conducir un diario o un mapa; llevar niños alborotando o llorando y sin los sistemas de retención adecuados; tratar de expulsar un insecto en el coche; fumar al volante o utilizar indebidamente los sistemas de navegación o GPS, unos actos que se pueden ver afectados por el estrés, la ansiedad o la depresión, la edad avanzada o el consumo de alcohol.
Según informa la DGT, la distracción aparece como factor concurrente en un 32 % de los accidentes con víctimas mortales en el año 2018.
En cuanto al aspecto sancionador, destacar que se considera infracción grave conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción y conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como utilizar mecanismos de detección de radares o cinemómetros.
La citada infracción se castiga con una multa de 200 euros y la retirada de 3 puntos del carné.