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17 marzo 2025
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Seguridad Vial

7 denuncias por mal uso de patinetes eléctricos en un día en Ciudad Real

La Policía Local sigue en campaña especial de control hasta el domingo

La Policía Local, en un control de patinetes en las últimas horas en Ciudad Real / Policía Local
La Policía Local, en un control de patinetes en las últimas horas en Ciudad Real / Policía Local
Belén Rodríguez / CIUDAD REAL
Han difundido en redes la ordenanza municipal que regula la circulación de estos vehículos para aclarar dudas. No pueden circular por aceras, ni con auriculares ni dos personas

La Policía Local de Ciudad Real ha sancionado a siete usuarios de patinetes eléctricos en una sola jornada -el martes- dentro de la campaña especial de control que comenzaron el lunes y finalizará el domingo.

En paralelo, la Policía Municipal ha publicado en su cuenta de Twitter (X) la ordenanza municipal específica que regula el uso de estos vehículos de movilidad personal en la ciudad Y recuerda a los usuarios, que van a más, que no está permitido circular por aceras, ni con auriculares ni dos personas en un mismo VMP.

Lo que dice la ordenanza sobre por dónde circular

La ordenanza municipal recomienda que los patinetes eléctricos circulen preferentemente por los carriles bici y acera bici en las condiciones establecidas en el Art. 11 de la presente ordenanza. Solo se puede circular en el sentido señalizado en el carril y respetando la señalización vial existente.

Por las ciclocalles en las condiciones establecidas en el art.14 de esta ordenanza y siempre que no se haga a una velocidad anormalmente reducida. Solo podrán circular si la velocidad máxima del vehículo no es inferior a los 20 km/h.

Por los ciclobarrios en las condiciones establecida en el art.16 de esta ordenanza y siempre que no se haga a una velocidad anormalmente reducida. Solo podrán circular si la velocidad máxima del vehículo no es inferior a los 20 km/h.

Por los ciclocarriles en las condiciones establecidas en el art.15 de esta ordenanza y siempre que no se haga a una velocidad anormalmente reducida. Solo podrán circular si la velocidad máxima del vehículo no es inferior a los 20 km/h.

Por las sendas ciclables y parques públicos en las condiciones establecidas en el Art.13 de esta ordenanza. Solo se permite la circulación de los vehículos a una velocidad máxima de 10 km/h.

Hay que respetar la preferencia del peatón, el patrimonio natural y el mobiliario urbano. Hay que seguir la señalización, las vías ciclistas y los itinerarios de las zonas pavimentadas o de tierra, si hay. No se puede circular sobre parterres, áreas o zonas con vegetación de cualquier tipo, ni por todas aquellas zonas que señalizan una prohibición.

Por las calles residenciales en las condiciones establecidas para las bicicletas en el Art. 17 de esta ordenanza.

Los vehículos de movilidad personal podrán circular por las calles de prioridad peatonal en las condiciones establecidas en el Art. 18 de esta ordenanza para la bicicleta.

Queda prohibida la circulación de este tipo de vehículos por la red básica que no tenga señalizado un carril de circulación con velocidad máxima de 30 km/h o cuente con infraestructura ciclista.

 Se prohíbe la circulación de los VMP por las aceras, estableciéndose las mismas condiciones que para las bicicletas.

Denuncias por no recoger excrementos

Por otra parte, la Policía Municipal ha puesto seis denuncias por no recoge excrementos caninos esta mañana de miércoles, “seguimos detectando este tipo de infracciones”, dicen, que se sancionan con fuertes multas dependiendo de la reiteración de la conducta incívica.

Publicado en:
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