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Tribunales

Acuerdo en el juicio contra dos jóvenes por agredir sexualmente a una menor contactada por Instagram

Pactan 11 años y nueve meses y seis y medio de cárcel frente a los 19 y 16 que pedía Fiscalía

La Audiencia Provincial de Ciudad Real este lunes por la mañana / Clara Manzano
La Audiencia Provincial de Ciudad Real este lunes por la mañana / Clara Manzano
R. Manota / CIUDAD REAL
El fiscal aprecia los delitos de agresión sexual, embaucamiento y de utilización de una menor para elaboración de pornografía infantil

El juicio que se tenía que celebrar este lunes en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real contra dos jóvenes acusados de abusar sexualmente, embaucar y utilizar a una menor de 13 años para elaborar pornografía infantil no se ha celebrado al alcanzar las partes un acuerdo.

Así se ha pactado que los jóvenes R.J.A.H. y a A.V.S., sean condenados a 11 años y nueve meses y a seis y medio de prisión respectivamente. Además de hacer frente a una responsabilidad civil de 5.000 euros cada uno.

El fiscal en su escrito de acusación había solicitado para R.J.A.H., una pena de prisión de 19 años por dos delitos de agresión sexual, otro de embaucamiento y un tercero de utilización de una menor para elaboración de pornografía infantil. Por otro lado, para A.V.S. la Fiscalía la petición era de 16 años de prisión por un delito de agresión sexual y otro de utilización de una menor para elaboración de pornografía infantil.

«Se ha hecho justicia. Por nuestra parte estamos muy satisfechos»

Manuel Ángel Terriza, letrado de la acusación particular ha asegurado que se ha hecho justicia al reconocer los acusados la responsabilidad en la que han incurrido tanto penal como civil. “Por nuestra parte estamos muy satisfechos”. Ha explicado que los acusados han llegado a un acuerdo tanto con el ministerio Fiscal como con la acusación particular en la que han reconocido los hechos, a cambio de una reducción de la pena y un acuerdo respecto a la responsabilidad civil.

A.V.S. afirma que de haber sabido cual era la edad de la menor no hubiera mantenido esa relación sexual

“Mi cliente ha reconocido los hechos, porque no podía ser de otra forma entre otras cosas porque nunca lo ha negado, lo que negaba es tener conocimiento de la edad de la menor. Siempre ha dicho que de haberlo sabido nunca hubiera mantenido esa relación sexual”, ha explicado a los medios el letrado Rodrigo García García que ha representado los intereses de  A.V.S. Tras la vista de conformidad ha asegurado que su defendido “ha aceptado un acuerdo en la globalidad de los hechos sin entrar en la individualización de cada conducta”.

Sobre la reducción de la condena respecto a las peticiones previas por parte del ministerio Fiscal González ha explicado que “este es un asunto muy concreto con una serie de aristas muy concretas que no se van a dar siempre y que el Código Penal prevé penas muy graves para la pederastia. Que nadie saque aquí conclusiones que no se corresponden en la generalidad de los casos”.

Y es que en este, ha explicado, se han dado circunstancias para que el ministerio Fiscal haya ofrecido una pena sensiblemente inferior a la que solicitó por escrito y las partes “valorando todas las circunstancias hemos considerado que había que aceptar ese acuerdo, partiendo de esa base de que mi cliente no tenía un conocimiento exacto de la edad de menor, que es por lo que se le reduce la pena”.

Así ha expuesto que el Código Penal pena de manera muy severa el tener relaciones sexuales con menores de 16 años. Cuestión distinta es que este prevea alguna circunstancia que pueda atenuar alguna pena, como ha ocurrido en este caso el reconocimiento de los hechos o el posible desconocimiento de la edad de menor, como ha ocurrido también en esta ocasión.

También ha apuntado otras circunstancias que vienen reconocidas por la propia jurisprudencia, como puede ser la madurez de las personas o la distancia de la edad, añadiendo que en el caso de su defendido tenían unas edades de 13 y 18 años.

Al darse todas estas circunstancias que prevé la jurisprudencia y porque se ha indemnizado la responsabilidad civil es, según lo explicado por el letrado, por lo que se ha podido llegar a un acuerdo “donde la reducción de las penas es tan sensible”. En este sentido ha reiterando y subrayado “que el mantener relaciones sexuales con menores de edad puede acarrear penas muy gravosas donde no se vayan a reconocer las consustancias que sí se han dado en este caso”.

Contactó con la menor de 13 años por Instagram

Los hechos se remontan a 2023, según se desprende del escrito de acusación de Fiscalía, cuando R.J.A.H.de 21 años de edad, contactó con la menor a través de la red social Instagram haciéndose pasar por otra joven para ganarse la confianza de la víctima, que en el momento de los hechos tenía 13 años.

Tras ganarse su confianza, el joven confesó a la víctima que era un chico. Posteriormente, ambos quedaron en un apartamento de uso turístico en Daimiel para mantener relaciones sexuales hasta en dos ocasiones.

En el transcurso de una de ellas, un amigo del principal acusado, A.V.S., se presentó en el apartamento, manteniendo también relaciones sexuales con la menor de 13 años.

Mientras tanto, R.J.A.H. realizó con su teléfono móvil grabaciones a las relaciones sexuales para, posteriormente, ser enviadas a través de una aplicación de mensajería instantánea en la que se observa a la víctima manteniendo relaciones.

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