La junta de gobierno del Colegio de Abogados de Ciudad Real lamenta de nuevo que el Ministerio de Justicia incurra en retrasos en el pago del turno de oficio a los abogados que lo ejercen en la provincia y desvela que las retribuciones de los meses de noviembre y diciembre de 2024 se han pagado en enero.
Por esta situación, el colegio ha elevado un acuerdo al Consejo General de la Abogacía Española, para su traslado al Ministerio de Justicia, exigiendo al Gobierno y al ministerio que los pagos del turno de oficio sean verdaderamente mensuales, tal y como indica el art. 42 del propio Real Decreto 141/2021, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita, y que no se produzcan más retrasos al inicio de cada ejercicio en los pagos de los últimos meses del año anterior.
Demoras de varios meses
«No cabe admitir en modo alguno que año tras año, respecto a los meses de noviembre y diciembre, se incumpla el pago mensual del turno de oficio establecido en el reglamento de asistencia jurídica gratuita, aprobado por Real Decreto 141/2021», dicen en un comunicado, en el que también se quejan de que el pago de esos meses se demore prácticamente todos los años, hasta finales de marzo o abril, como sucedió en 2024.
«Quienes ya reciben remuneraciones extremadamente bajas o, en muchos casos, ni siquiera son compensados por diversas actuaciones, no deberían verse obligados a soportar retrasos injustificados», dicen.
El colegio reitera al Ministerio de Justicia que se atiendan el resto de reivindicaciones de la Abogacía en materia de turno de oficio que a pesar de ser reclamadas periódicamente, siguen sin ser satisfechas:
Reivindicaciones del turno de oficio que hace suyas el colegio
Exigimos el incremento de las cuantías del baremo del turno de oficio. Las cuantías por las que se retribuye a los abogados y abogadas del Turno de Oficio por realizar su labor de forma intachable las 24 horas de los 365 días del año siguen siendo ínfimas.
Es necesaria la introducción de un sistema de actualización automática anual del baremo.
Deben incluirse en el baremo de pago del turno de oficio los módulos necesarios para contemplar todos los tipos de actuaciones.
El baremo debe permitir abonar todas las actuaciones y procedimientos que realizan de forma efectiva los abogados del turno de oficio.
Consideramos una injusticia el que el colectivo, a pesar de haber desarrollado su trabajo, no puedan percibir compensación económica alguna cuando hay una resolución de justicia gratuita denegándola, haciendo recaer en el profesional el poder cobrar dicha compensación directamente del ciudadano. Ello es desconocer la realidad social en que se desenvuelve la labor del abogado de oficio y una injusticia flagrante. Si un ciudadano no es acreedor al beneficio de justicia gratuita debe ser el Estado el que le exija el pago de la atención recibida y no hacer recaer esa obligación en el Abogado que ha prestado sus servicios.
Es necesario incrementar del número de letrados diarios en el servicio de guardia de víctimas de violencia de género de forma que pueda haber un letrado de Guardia de Violencia de Género a diario en cada uno de los partidos judiciales de la provincia.
Es imprescindible que se abone la disponibilidad en los servicios de guardia de todos los partidos judiciales.
Deben abonarse los kilometrajes de todos los desplazamientos que se realicen en las guardias o en los turnos.