Una mujer ha resultado herida leve -aparentemente, según testigos presenciales- en un choque entre dos patinetes muy aparatoso, este viernes por la noche en el centro de Ciudad Real.
La usuaria del patinete que se llevó la peor parte del choque fue evacuada al hospital en ambulancia convencional, aunque en principio no parecía que tuviera heridas graves. El otro implicado se fue sin detenerse, según las personas que atendieron a la accidentada, que “se llevó un buen golpe”.
Ocurrió sobre las ocho de la tarde en un cruce del principio de la calle Toledo, el tramo más cercano a la plaza Mayor.
La DGT conmina a los usuarios de patinetes eléctricos y otros VMP (vehículos de movilidad personal) conocer las normas que tienen que cumplir. Cada Ayuntamiento puede regular, de una manera específica, la circulación de VMP, sin embargo, en su web están las condiciones mínimas que deben cumplir los conductores de estos vehículos, cada vez más habituales en el tráfico.
Las condiciones mínimas a cumplir
Está prohibido que los VMP vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal. Si no la hubiera, se permite la circulación por cualquier calzada urbana.
La velocidad de estos vehículos deberá estar entre 6 y 25 km/h.
Las normas básicas
Los vehículos de movilidad personal, tal y como establece el Reglamento General de Vehículos, son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.
Solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado. Esta definición excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida.
La DGT ha elaborado manual de características de los vehículos de movilidad personal, un documento normativo en el que se recogen las características técnicas que deben cumplir los VMP para poder circular por las vías y la obligación de que dichos vehículos hayan sido certificados por los organismos competentes.
Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo.
