Las obras de remodelación de la Plaza de la Constitución y de las calles aledañas del Casco Antiguo de Manzanares, en fase de ejecución, se están realizando en base a un proyecto de urbanización redactado por el arquitecto que presentó la propuesta que resultó ganadora en el Concurso de Ideas convocado por el Ayuntamiento con esa finalidad.
La zona de intervención tiene una superficie aproximada de 15.900 metros cuadrados, compuesta por los 3.400 metros cuadrados de la propia Plaza y unos 12.500 metros cuadrados de una serie de calles que incluye la mayor parte del Casco Histórico. No se trata por tanto de una actuación puntual, como la exclusiva reforma de la Plaza Mayor, que pueda resolverse con un simple Proyecto de Urbanización. Se está llevando a cabo una actuación profunda y global en la parte mas valiosa y sensible del Casco Antiguo de la población.
La convocatoria de un Concurso es válida para elegir una propuesta e incluso adjudicar la redacción de los trabajos de planeamiento, pero en el modo de desarrollar el Plan y el Programa de intervención, la vigente Ley del Suelo establece el procedimiento, y la figura urbanística indicada es el Plan de Reforma Interior (PERI). Un Proyecto de Urbanización no puede dar respuesta a la complejidad de los problemas a resolver en un caso como el planteado.
En las propias Bases del Concurso de Ideas se indicaba que la pretensión del Ayuntamiento, entre otros aspectos incluía nada menos que:
– Accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas en toda la zona.
– Propuestas de pavimentación y tratamiento de superficies en el área.
– Estudio de plazas de aparcamiento y reordenación del tráfico
– Eliminación del tendido aéreo
– Mejora de las redes de abastecimiento y saneamiento
– Sostenibilidad económica, funcional, ambiental y de eficiencia energética.
El Reglamento de Planeamiento de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística en Castilla la Mancha, determina que los Planes Especiales de Reforma Interior establecerán la nuevas circunstancias sobrevenidas urbanísticamente para optimizar la calidad ambiental o la cohesión social del espacio urbano, adecuar la capacidad de servicio de las dotaciones públicas o potenciar la utilización del patrimonio edificado.
Nos encontramos en un caso de manual en el que debería haberse redactado un PERI, con las posibilidades que otorga a la ciudadanía de tener un plazo de exposición pública en el que introducir alegaciones o aportaciones. Con el procedimiento utilizado se ha hurtado esa opción participativa y se ha eliminado el control de Comisiones y órganos de ámbito provincial. que sin duda, suponen un aval y una garantía para la calidad y a la legalidad de la actuación. Es evidente que los calendarios municipales condicionan todo y se utilizan procedimientos con atajos contrarios a lo urbanisticamente correcto y deseable, aunque sea en areas urbanas tan sensibles como la que nos ocupa.