Ángel M. Ramos se enfrenta a hasta doce años y medio de cárcel por los delitos de estafa, alzamiento de bienes y administración desleal en la promoción y construcción del residencial ‘Puerta de Carrión’, por el perjuicio causado a los 48 compradores de las viviendas y a Bankia, entidad que le había concedido un préstamo de más de seis millones de euros para financiar la obra.
Así lo solicitó este martes José Miguel Serrano, abogado de la acusación, en nombre de uno de los compradores, en el juicio celebrado en la Sección Primera de la Audiencia Provincial, en el que el Ministerio Fiscal pidió dos años y medio de cárcel por el delito de alzamiento de bienes, y la defensa solicitó la absolución al no considerar acreditados dichos perjuicios y no ver ánimo de engaño en la actuación de su patrocinado.
Para la acusación se dan todas las circunstancias jurídicas para la comisión de esos delitos como es el perjuicio a los acreedores por parte del deudor -acusado- y la distracción de activos de su propia empresa en su beneficio.
Además de la cárcel, la acusación solicitó una indemnización de 47.000 euros y la condena en costas
Serrano, que además solicitó una indemnización de 47.000 euros y la condena en costas, se centró en su defendido Jaime Vera, uno de los 48 compradores que también testificó en el plenario, al llegar a entregar al procesado en dos cantidades más de 35.000 euros.
“El comportamiento del acusado desde el inicio fue de engaño a mi cliente”, señaló, dado que éste firmó el contrato de compraventa bajo el compromiso del respaldo de un seguro de caución que garantizaba la devolución del dinero en el supuesto de no entregarse la vivienda, y en realidad no existía, además “de ocultar la verdadera situación de liquidez”.
Igualmente, según el letrado, el procesado tampoco comunicó a la caja que su defendido quería subrogar con una hipoteca la parte que le restaba de la compra.
En el caso del alzamiento de bienes, el abogado vio acreditada la distracción de capitales por parte de Ramos en su beneficio, mientras que la administración desleal se produjo, en su opinión, porque el acusado cargó parte de los beneficios de una de sus empresas a otra sociedad, como único propietario y administrador de ambas, con abuso de las funciones propias de su cargo. “Hizo un ‘Infanta Cristina’ porque firmaba y desconocía lo que hacía, aunque no había un Urdangarín detrás, sino un Juan Palomo”, relató Serrano.
Seguro de caución
Por su parte, la fiscal solo acusó al procesado, en el juicio que quedó visto para sentencia, de alzamiento de bienes y no de estafa porque daba por hecho que la obligatoriedad de suscribir un seguro de caución era posterior al caso que se enjuiciaba, cuando en realidad estaba vigente desde siete años atrás.
También solicitó una sentencia condenatoria para que el enjuiciado asuma una responsabilidad civil a favor de Bankia por 20.800 euros, y una multa de 18 meses con una cuota diaria de 10 euros.
Mala suerte
De su lado, Juan Rosillo, el abogado defensor pidió la absolución porque, según argumentó, las sociedades de las que es titular el empresario procesado “existen” y el abandono de la promoción de Carrión de Calatrava fue “fruto de la mala suerte y la crisis”.
También insistió en que la querella se tenía que haber resuelto en el ámbito civil.
Los hechos se denunciaron cuando el acusado empezó a impagar la hipoteca suscrita por su empresa ‘C. EuroCarrión SLU’ con Bankia, y en septiembre de 2009 ordenó una transferencia de 20.800 euros desde una cuenta de esta sociedad a otra de Wasser Aplicaciones Integrales S.L., ambas de su propiedad.
En su declaración, Ramos dijo que se vio obligado a transferir dinero de unas empresas a otras “para poder terminar la obra”, de la que él pensaba que había mas porcentaje construido del que le informaban sus asesores técnicos.
También lamentó que “por tres recibos sin pagar” en octubre de 2010 un juzgado dictara la adjudicación de sus bienes a favor de Bankia por un importe de 3,3 millones de euros tras la demanda interpuesta por esta entidad en marzo de ese año.