Un conductor que ha dado positivo en alcohol y drogas ha estampado su coche contra la puerta de la oficina del INSS de la plaza del Pilar de Ciudad Real, por una salida de vía esta madrugada. La Policía Local localizó el vehículo y al accidentado, que al parecer no sufrió lesiones, incrustado en la puerta de acceso a la Seguridad Social.
El infractor ha provocado daños en la vía pública y en el edificio del Instituto Nacional de la Seguridad Social por lo que irá juicio por delito contra la seguridad vial y daños.
La madrugada deja otra intervención en el parque del Pilar, en este caso otra patrulla de la Policía Local auxilió a una mujer que se puso de parto. Una ambulancia la llevó al Hospital General (ocurrió sobre la 1.15 horas).
Positivo en varias drogas en un patín
Casi a la misma hora, la una de la madrugada, otra patrulla de Policía Municipal detectó la conducción irregular de un patín eléctrico con un conductor que dio positivo en varias drogas.
Cómo circular con patinetes eléctricos, la ordenanza
La ordenanza municipal recomienda que los patinetes eléctricos circulen preferentemente por los carriles bici y acera bici en las condiciones establecidas en el Art. 11 de la presente ordenanza. Solo se puede circular en el sentido señalizado en el carril y respetando la señalización vial existente.
Por las ciclocalles en las condiciones establecidas en el art.14 de esta ordenanza y siempre que no se haga a una velocidad anormalmente reducida. Solo podrán circular si la velocidad máxima del vehículo no es inferior a los 20 km/h.
Por los ciclobarrios en las condiciones establecida en el art.16 de esta ordenanza y siempre que no se haga a una velocidad anormalmente reducida. Solo podrán circular si la velocidad máxima del vehículo no es inferior a los 20 km/h.
Por los ciclocarriles en las condiciones establecidas en el art.15 de esta ordenanza y siempre que no se haga a una velocidad anormalmente reducida. Solo podrán circular si la velocidad máxima del vehículo no es inferior a los 20 km/h.
Por las sendas ciclables y parques públicos en las condiciones establecidas en el Art.13 de esta ordenanza. Solo se permite la circulación de los vehículos a una velocidad máxima de 10 km/h.
Hay que respetar la preferencia del peatón, el patrimonio natural y el mobiliario urbano. Hay que seguir la señalización, las vías ciclistas y los itinerarios de las zonas pavimentadas o de tierra, si hay. No se puede circular sobre parterres, áreas o zonas con vegetación de cualquier tipo, ni por todas aquellas zonas que señalizan una prohibición.
Por las calles residenciales en las condiciones establecidas para las bicicletas en el Art. 17 de esta ordenanza.
Los vehículos de movilidad personal podrán circular por las calles de prioridad peatonal en las condiciones establecidas en el Art. 18 de esta ordenanza para la bicicleta.
Queda prohibida la circulación de este tipo de vehículos por la red básica que no tenga señalizado un carril de circulación con velocidad máxima de 30 km/h o cuente con infraestructura ciclista.
Se prohíbe la circulación de los VMP por las aceras, estableciéndose las mismas condiciones que para las bicicletas.