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Tribunales

Condenados por delito de odio a una mujer ‘trans’ en Pedro Muñoz

Los acusados son un matrimonio vecino de la víctima que tendrán que pagarle 6.000 euros

Los acusados de transfobia, escuchando la declaración de la presunta víctima, en el juicio en la Audiencia de Ciudad Real / Elena Rosa
Los acusados de transfobia, escuchando la declaración de la presunta víctima, en el juicio en la Audiencia de Ciudad Real / Elena Rosa
Belén Rodríguez / CIUDAD REAL
La Audiencia de Ciudad Real impone penas mínimas de un año para uno de los acusados y seis meses para la otra, además de multa, en una de las primeras condenas por este delito

La sección segunda de la Audiencia de Ciudad Real ha condenado por delito de odio al colectivo LGTBI al matrimonio de Pedro Muñoz acusado de hostigar a su vecina transexual, entre 2020 y 2022, cuando estaba iniciando su proceso de cambio.

La sala considera suficiente prueba de cargo el testimonio contundente de la perjudicada, que relató en el juicio, celebrado a mediados de marzo, haber soportado tres años de insultos, amenazas y hostigamiento “constante” de sus vecinos por su condición sexual, en un contexto mala relación que quedó patente por ambas partes en la vista -han tenido juicios de faltas previos, e incluso uno por daños en los que la víctima fue condenada-.

6.000 euros de indemnización por daños morales

Además J.A.M.A. y M.R.M.O, un matrimonio de sesenta y siete años, deberán indemnizar con seis mil euros por daños morales a la perjudicada, además de abonar una multa de ocho meses a razón de diez euros diarios el marido y de seis meses la mujer por la misma cantidad.

La sentencia, de las primeras de la Audiencia Provincial de Ciudad Real con condena por delito de odio, no es firme (se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha), pero tanto la víctima como su abogado están más que satisfechos. “Ha sido muy difícil probar esto, el caso se archivó dos veces, no era sencillo demostrar que el odio por su condición sexual ha existido”, ha contado a Lanza el abogado Alberto Hernández, defensor de J., la joven transexual que denunció el caso.

La sala considera probado que tanto J.A.M.A. y M.R.M.O, que dijeron en el juicio que todo había sido un montaje, insultaron y hostigaron a la joven J, “con la finalidad de menospreciar, humillar y atentar contra la dignidad personal de la menor de edad”.

Se dan por probados insultos a la denunciante cuando era menor

El fallo hace hincapié en que esta persona se encontraba esas fechas en un proceso de transformación de su identidad sexual hacia el sexo femenino, cuando “vinieron en la vía pública desde la puerta de su domicilio o ventana, de manera constante y habitual, a proferir contra dicha menor frases tales como ‘maricón, tonto, gilipollas, hijo de puta, que eres un tío con peluca y no vas a ser nunca una mujer, loco ve al psiquiatra, te voy a inflar a hostias, te quiero ver mue1to y entenado, os voy a meter en la cárcel por transexuales, me dais asco, eres un tío que tienes huevos».

La sala también pone el acento en que el daño moral y psicológico en este caso es más grave si se tiene en cuenta la edad de J, ahora de 20 años, cuando tuvo estas vivencias.

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