La Audiencia de Ciudad Real ha condenado a cuatro años y medio de cárcel por tráfico de drogas a A.M.A., hijo de un investigado por robo en Manzanares, que robó medio kilo de cocaína en el verano de 2019 a un narcotraficante de Illescas (Toledo), se lo contó todo a su hijo por teléfono, y además le pidió que hiciera gestiones para vender la mercancía.
Tenía el teléfono ‘pinchado’ y no lo sabía
La Guardia Civil, que tenía ‘pinchado’ el teléfono del principal sospechoso, aparcó la investigación por robo, pidió entonces una ampliación de diligencias al juzgado de Manzanares, y tiró del hilo de las escuchas, hasta que el joven, a instancias del padre, consiguió un supuesto comprador , el ciudadano rumano afincado en Villarrubia de los Ojos M.C.B., al que el tribunal también ha condenado a cuatro años y medio de prisión.
Tres años y medio para el padre
Curiosamente E.M.P., que entre otros datos explica por teléfono que la cocaína robada era de bastante calidad: “Nada de guarrerías, escamas de verdad” -dice en una conversación muy gráfica intervenida -, además de consejos para conservarla sin que se humedezca, cumplirá una condena menor según la sentencia, de tres años y medio. Este hombre, que lleva en prisión preventiva dos años, reconoció todo en el juicio y aceptó una condenada rebaja.
Las defensas, tanto del hijo como del presunto comprador, M.C.B. (la Guardia Civil encontró 300 gramos del alijo de las escuchas en su caravana en Villarrubia), se lo jugaron todo a solicitar la nulidad de las actuaciones, partiendo de que tanto las escuchas como el registro en dos autocaravanas no se hicieron con todas las formalidades jurídicas.
No hay nulidad de actuaciones
La sección segunda, que juzgó el caso la semana pasada, ha fallado que tanto el inicio de la investigación al padre, como el auto en el que se pide la ampliación de diligencias por indicios de otro delito cuando se estaban investigando los robos, se hicieron “con una regularidad formal y substancial que no puede ser tributaria de la nulidad pretendida, al haberse justificado ampliamente en tal auto la necesidad, proporcionalidad, respeto al principio de especialidad e idoneidad de tal ampliación, sobre las bases de la legalidad de los autos iniciales y sus resultados de cara a autorizar las sucesivas prórrogas”, dice textualmente la sentencia, hecha pública este viernes.