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Condenan a Sandalio León y Cristina Almodóvar por sendos delitos de maltrato

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Imponen seis meses para el expresidente de la Asociación de Cofradías y tres para la exvocal por unos hechos ocurridos en julio de 2014 y que provocó el cese fulminante de los cargos de ambos por parte del Obispado

J.  Y.
Ciudad Real

El escándalo que protagonizaron hace un año y medio el que fuera presidente de la Asociación de las Cofradías, Sandalio León, y la entonces vocal de la Comisión Permanente, Cristina Almodóvar, que previamente habían mantenido una relación afectiva, se ha cerrado con una sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 3, que considera a ambos autores de sendos delitos de maltrato.

Según la resolución de la magistrada Soledad García, León ha sido condenado a seis meses de prisión por las lesiones que causó a Almodóvar en la discusión que mantuvieron en la madrugada del 26 de julio de 2014 en la Plaza de Agustín Salido de la capital, mientras que Almodóvar ha sido condenada a tres meses de cárcel por las heridas que provocó en la misma disputa a León.

La juez, que considera probado que la pareja mantuvo una relación sentimental y que ambos sufrieron lesiones, ha impuesto las penas en su grado mínimo, con la diferencia de tiempo por la discriminación que la ley hace sobre el sexo del agresor.

Almodóvar deberá indemnizar  a León con 400 euros por las lesiones causadas a éste, mientras que León ha sido condenado a pagar 1.600 euros por las heridas y las secuelas sufridas por la mujer.

La magistrada también ordena  para ambos la inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y la privación de  tenencia y porte de armas por un año y un día, además de la prohibición para ambos de comunicarse entre ellos por cualquier medio y de aproximarse a una distancia inferior a 500 metros a lo largo de dos años. 

Igualmente, León ha sido absuelto de otros delitos y faltas que le imputaba la acusación particular, como la falta de vejaciones injustas, que la juez no ve probada, la falta de hurto (solicitaban dos meses de multa), pues no hubo ánimo de lucro, y del delito de omisión del deber de socorro (pedían otro año de cárcel), al no cumplirse el requisito del desamparo, dado que la víctima, según la resolución, fue auxiliada por un testigo antes de que León se marchara del lugar. 

Los hechos juzgados el pasado noviembre ocurrieron en la celebración de las fiestas de Santiago de 2014 en pleno centro de la ciudad, cuando sobre las 6 horas Almodóvar y León, éste dentro de su coche, iniciaron una discusión verbal que acabó en una agresión física entre ambos,  según relata la sentencia.

La magistrada considera probado que la mujer introdujo sus manos por la ventanilla del vehículo y agredió y golpeó a León “arañándole”, por lo que el acusado reaccionó y puso en marcha el coche e inició la marcha, a pesar de ser consciente de que la joven tenía parte de su cuerpo dentro, por lo que fue arrastrada varios metros y acabó cayendo al suelo.

Como consecuencia de estos  hechos, ambos sufrieron diversas lesiones de carácter leve, aunque la chica, según su testimonio en la vista, sufrió un shock que le hizo volver a vivir a casa de sus padres, y por el que  actualmente recibe tratamiento en el Centro de la Mujer. 

Renuncia

Estos hechos tuvieron sus primeras consecuencias en el ámbito cofrade y religioso, ya que causó el cese fulminante de León por parte del Obispado como presidente de la Asociación de Cofradías, tan solo ocho meses después de que llegara al puesto también con polémica.

León presentó una carta de renuncia en la que calificó de “escándalo” los acontecimientos, aunque su expulsión fue previa y se realizó a través de un decreto firmado por el obispo Antonio Algora, que también sirvió para cesar en los mismos términos a Almodóvar.

Ajustada a los hechos

Para el letrado de la defensa de Sandalio León, Ángel Rico, la sentencia dictada por el Juzgado número 3 de lo Penal es plenamente ajustada a los hechos realmente sucedidos.

Rico se muestra satisfecho con que los hechos probados de la sentencia “recojan la realidad”, y que  el ex presidente de la Asociación de Cofradías de Ciudad Real “fue el agredido, limitándose a tratar de evitar la agresión que estaba sufriendo, aunque esta acción pueda resultar punible por el resultado lesivo que produjo”.

Según las declaraciones del abogado, “más de una persona, que se ensañó públicamente con mi defendido, debería ahora rectificar”, tras conocer la sentencia

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