El juzgado de lo Penal número 2 de Ciudad Real ha condenado por abuso sexual a J.L.H.P., uno de los responsables de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca de Ciudad Real, por besar en la boca sin su consentimiento a una mujer que acudió a la sede de la plataforma en busca de ayuda por un desahucio, en septiembre de 2021.
La sentencia, que todavía no es firme (cabe recurso ante la Audiencia Provincial), condena al varón a veinte meses de multa a razón de ocho euros diarios, con la prohibición de aproximarse a la perjudicada por tres años y a indemnizarla con tres mil euros por daño moral. “Del delito de coacciones laves ha sido absuelto”, ha contado la abogada de la denunciante, Vanesa García.
Contactó por Facebook con el acusado
La sentencia, a la que ha tenido acceso Lanza, considera probado que J.L.H.P., con el que la denunciante había contactado por Facebook como miembro de Afectados por la Hipoteca de Ciudad Real, la recibió el día 23 de septiembre de 2021 en la Casa de la Ciudad, para asistir a una reunión. La mujer cuenta que estaban solos cuando el acusado se aproximó a ella sin su consentimiento, “le dio un abrazo, le bajo la mascarilla [ocurrió en pandemia] y la besó en los labios sujetándole la cara para introducirle su lengua en la boca”.
También se declara probado que el acusado intentó tocarle los pechos a la denunciante (la mujer lo evito poniéndose las manos delante). De lo que J.L.H.P. ha sido absuelto es del delito de coacciones, por el que lo acusaba la denunciante.
La mujer asegura que cuando sufrió un ataque de ansiedad por lo ocurrido y la llevaron al Hospital General el acusado le dijo que no contara nada.
Testimonio “fiable, firme y seguro”
La magistrada considera como principal prueba de cargo el testimonio de la denunciante, que califica de “fiable, firme y seguro”. Refiere que la denuncia reúne los requisitos de verosimilitud exigidos (el propio acusado reconoció que estuvo unos minutos a solas con ella, hasta que llegaron otras personas), persistencia en la incriminación y ausencia de “incredibilidad subjetiva” (deseo de venganza), puesto que no se conocían.
La titular de lo Penal 2 califica además la declaración de la denunciante de “plural y prolongada en el tiempo, tanto ante la Guardia Civil, como ante el juez instructor, como en el juicio oral, coincidiendo en el núcleo de su declaración incriminatoria contra el acusado, siendo su testimonio fiable, firme y seguro”, dice textualmente la motivación de la sentencia.
El juicio se celebró en febrero de este año y la sentencia, de 13 de mayo, se acaba de notificar a las partes. El acusado todavía puede recurrir ante la Audiencia Provincial de Ciudad Real.