J. Y.
Ciudad Real
El joven conductor Guillermo D.-H. R. que ha sido juzgado durante tres días por un jurado popular en la Sección Segunda de la Audiencia provincial utilizó su alegato final para asegurar que “no dudaré en parar” en caso de enfrentarse a hechos similares por los que ha sido procesado, al estar acusado de un delito de omisión del deber de socorro y una falta imprudente con resultado de lesiones tras atropellar hace más de tres años a Pedro D.T., a quien no auxilió ni atendió.
Quiso aclarar que “viajaba solo” en el coche (el principal testigo señaló que iban más ocupantes) y que tras el accidente ocurrido el 26 de junio de 2011 en el tramo de la N-420 que une Campo de Criptana con Alcázar, se dirigió a una discoteca para desahogarse ante sus amigos “porque estaba bloqueado”.
El imputado aseguró que “me preocupé (se supone que volvió a pasar por el lugar del atropello y vio que el herido estaba siendo asistido)” y que fue una circunstancia “rara y atípica ver a una persona tumbada en el suelo” que nunca le había sucedido en siete años (en ese momento) como conductor. Fue una vivencia “extrema” que ha provocado “todo este lío”, por el que pidió perdón a la víctima, a su familia y a los miembros del jurado.
De esta manera se cerró la vista que se ha desarrollado durante tres días, quedando el juicio concluido y visto para la lectura del veredicto, un hecho que se producirá en las próximas horas tras la entrega del objeto de veredicto por parte del juez.
Previamente, las partes confirmaron sus conclusiones y ampliaron con sus informes su argumentario.
El fiscal, que solicita un año y seis meses de cárcel, una multa de 360 euros y una indemnización civil de más de 15.4000 euros, aseguró que Guillermo D.-H. R. “pudo hacer algo más”. Aseguró que el joven conductor cometió una falta imprudente leve al “no extremar las precauciones”, así como el delito de omisión del deber de socorro “es incuestionable” porque tuvo parte de culta en el atropello y porque “no lo atendió, ni llamó ni le auxilió”. Tampoco la huida del procesado “se justificó porque los servicios médicos llegaron más tarde”.
La acusación particular, que pide tres años de prisión y 20.000 euros de indemnización, entendió que el conductor viajaba aquella madrugada “a velocidad excesiva” y que “desatendió” a la víctima, cuyas lesiones tardó en curar 220 días. Por ello, para este letrado el acusado cometió una falta imprudente, así como su actitud merece un reproche penal porque nada más ocurrir el accidente “no se fue a rezar”, sino a un local “donde no sabemos si se bebió dos cocacolas o dos cubalibres”.
También reprobó la prueba pericial que recogía una frenada del conductor porque “partió con premisa erróneas”.
Absolución
Sin embargo, la defensa, que mantuvo la petición de absolución, defendió el honor de su patrocinado que se quedó “en shock”, y tuvo en cuenta la reconstrucción informática presentada por ella pues demuestra “que frenó, aunque no haya huellas”. Agregó que “no pudo hacer otra cosa ante una situación inevitable” pues “reaccionó con destreza”, aunque “no se identificara como el autor del atropello”. Culpó la víctima por caminar en una zona “peligrosa” y “por su conducta imprudente” (tropezó y se cayó con parte del cuerpo en la calzada), así como aseguró que “volvió inmediatamente al lugar y vio que estaba siendo atendido”.
Por último, el abogado de la compañía ‘Groupama y Reseguros’ puso el acento en la teórica comisión de falta imprudente, cuya reparación, según defendió, tendría que haberse dirimido en el ámbito civil y no en un juzgado penal. “No hay fuerza probatoria” porque “hay dudas”, dijo, dado que la víctima estuvo pocos minutos sola, por lo que invocó el ‘indubio pro reo’ para pedir la absolución del acusado.