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El fiscal ve intención de matar y la defensa pide absolver a los hermanos de Almedina

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Lanza
Visto para sentencia el juicio por intento de homicidio y allanamiento

J. Y.
Ciudad Real

El fiscal considera acreditado que los dos hermanos Gualda tuvieron intención de matar al octogenario Nicolás Pedro M. T. hace casi dos años en Almedina, por lo que mantuvo en sus conclusiones finales la petición de pena de ocho años de cárcel para cada uno de los acusados, Luis Gualda, de 57 años, y Rosario Luis Gualda, de 65 años, como presuntos autores de los delitos de homicidio en grado de tentativa y de allanamiento de morada.

En su opinión, en el juicio  visto para sentencia en la Sección Segunda de la Audiencia provincial, tras tres sesiones, quedó acreditado que los hechos ilícitos judicializados fueron cometidos con intención de matar. “No cabe duda de que querían acabar con la vida de Nicolás, porque uno lo apuñaló por delante y otro por detrás”, arguyó la fiscal. También expuso, como elementos culpabilizadores, las amenazas reiteradas de los procesados, tanto cuando apuñalaron al anciano, como cuando fueron a su casa y entraron a buscarlo, además de la “credibilidad, coherencia y persistencia” de su declaración, “corroborada por la mayoría de testigos”.

El Ministerio Fiscal también incidió en las conclusiones de los médicos forenses que examinaron las heridas de la víctima y que dijeron que las puñaladas podrían haber dañado órganos vitales que hubieran comprometido la vida de Nicolás.

Estos argumentos también le sirvieron a la fiscal para dirimir entre la consideración de delitos de intento de homicidio o de lesiones, que al margen de la estructura objetiva de su comisión, se diferencian por el calado  subjetivo de la intencionalidad.

De esta manera, el comportamiento violento de los procesados, las armas “idóneas para la muerte”, las zonas corporales donde dirigieron los ataques, la reiteración de las amenazas y una supuesta enemistad no superada por los acusados, fueron los elementos que para la fiscal justifican la petición de seis años de prisión para cada hermano por el delito de intento de homicidio.

Sobre el de allanamiento de morada, para el que la acusación pública solicita dos años de cárcel para cada acusado, también está justificado porque, según indicó, se cometió con  la oposición de la mujer de Nicolás, Felisa Serrano, y con la permanencia unos instantes de los hermanos en el patio.

Con todo, la fiscal pidió a la Sala que podría tener en cuenta como atenuante analógica la circunstancia de embriaguez, puesto que el retraso mental leve que padece Rosario Gualda, como pusieron de manifiesto los forenses, no le impidió ser consciente de las consecuencias del ataque ni por ello tiene reducida su capacidad cognitiva.

Una navaja limpia

Por su parte, la defensa solicitó la libre absolución de sus dos patrocinados. En su argumentario reparó en que sólo una de las navajas, la que le fue intervenida a Luis Gualda por la Guardia Civil en una cartera, tuviera restos biológicos suyos, mientras que la otra, que fue encontrada por una sobrina de la víctima dos días después debajo de unas hojas en el lugar de los hechos, no guardaba ningún tipo de vestigio, ni de los hermanos ni de Nicolás Pedro M. T., según los informes de criminalística expuestos este jueves.

También cuestionó la versión del octogenario, “que no sabemos dónde estuvo durante unos minutos, pues se ha contradicho y unas veces ha dicho una cosa y otras, otra, sobre dónde fue después del incidente”.

Este letrado también incidió en el nivel de embriaguez de los acusados, pues no se les hizo una prueba analítica que determinara de manera objetiva el alcohol que ingirieron y si “les afectaba a su carácter volitivo y su intencionalidad”. Lo que sí dio por cierto es que habían bebido mucho, como lo hacían de manera habitual.

Sobre el delito de allanamiento, señaló que nadie vio si entraron en la casa, salvo la mujer que les abrió, mientras que cuando salían sí fueron vistos por el vecino que les hizo desistir y que consiguió que se marcharan.

Igualmente, el abogado se sumó a la consideración de atenuante por embriaguez, a la vez que pidió al tribunal la eximente por trastorno mental de Rosario Gualda, y que tenga en cuenta que obra “por estímulos poderosos de obcecación (uno de los hermanos agredió hace 19 años a una hija de la víctima y fue enjuiciado)”, además de por dilaciones indebidas.

Previamente, los forenses señalaron que los acusados tienen trastornos con el alcohol, aunque el día de los hechos no sufrían intoxicación etílica total y sabían l oque hacían. Asimismo, recordaron que el mayor padece  un retraso mental leve que no le “impide distinguir el bien del mal”, y es una persona “primitiva y analfabeta”.

También coincidieron en señalar que las heridas de la víctima en el tórax y el abdomen fueron leves por la cantidad de ropa que vestía, aunque de manera abstracta “la muerte se podría haber producido por la idoneidad del arma con la zona adonde fueron dirigidos los ataques”.

Como testigo compareció el barrendero que el día de los hechos vio el inicio del enfrentamiento en el mercadillo, cuando la víctima cogió una de las cajas de frutas que los acusados tenían apartadas, y éstos le reprendieron. Dijo que el hombre la dejó y se marchó, al igual que él, si bien se lo volvió a encontrar minutos después ya herido y lo acompañó hasta su casa, a la que entraron por la puerta de detrás porque por la delantera estaban los Gualda.

Los hechos ocurrieron a las 13 horas del 30 de noviembre de 2013, cuando los dos hombres, supuestamente, atacaron al octogenario en el mercadillo y le provocaron nueve cortes. Posteriormente, fueron hasta su casa y entraron en la misma para intentar atacarle de nuevo.

 

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