Belén Rodríguez
Ciudad Real
Julián G.O., el vecino de Ciudad Real que pasó más de dos años en la cárcel, 770 días, acusado de haber violado al bebé de la chica con la que estuvo conviviendo en el año 2012, y que fue absuelto por la Audiencia Provincial tras la celebración del juicio, en diciembre de 2014, ha presentado esta semana una reclamación ante el Ministerio de Justicia en la que exige 201.994 euros.
El afectado, que tenía 29 años cuando ingresó en prisión y estaba integrado en el mercado laboral, reclama ser indemnizado por los 770 días privado de libertad y el daño moral genérico (según esos criterios y el tipo de delito son 150,70 euros por día). La prolongación de la prisión preventiva (se le denegó la libertad condicional) también computa en el desglose de la reclamación, a mayor tiempo, más se deteriora la persona, esos días se supone que se pagan a 73,47 euros. De todo esto salen 116.000 euros que se suman a 56.571 por la prolongación de la prisión.
Otro perjuicio es la repercusión mediática del caso, el escarnio público, que cifra en 15.000 euros. “La naturaleza completamente aberrante del hecho imputado tuvo una increíble repercusión mediática a nivel provincial, autonómico y nacional, tanto en prensa escrita y digital, como en televisión y radio”, refiere la reclamación a la que ha tenido acceso este periódico.
También hay una partida de 7.264 euros por el “daño emergente”. En otros daños de menor entidad son 4.000 euros por sus circunstancias específicas, entre ellas su edad, una lesión que sufrió en prisión (se fracturó un dedo y reclama 275 euros), mientras que por el síndrome de estrés postraumático, del que sigue en tratamiento, exige 2.745 euros.
Su abogado se acoge al artículo 194 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que reconoce que “tendrán derecho a indemnización después de haber sufrido prisión preventiva quienes sean absueltos por inexistencia del hecho imputado, y siempre que se haya causado perjuicio”.
Julián G.O. estuvo en la cárcel desde el 7 de noviembre de 2012 hasta el 16 de de diciembre de 2014. Hasta allí llegó por un informe forense relativo a las extrañas lesiones anales que presentaba el bebé de dieciocho meses de su novia, al que él mismo y la madre llevaron a urgencias del Hospital General de Ciudad Real con una perforación intestinal en octubre de 2012.
Tras varias sesiones de juicio y todo tipo de pruebas, el tribunal votó absolución por unanimidad al entender que no estaban claras las causas de las lesiones. “Existen serías, lógicas, importantes, razonadas y fundadas dudas acerca de cuál fue la causa que originó las lesiones y el cuadro clínico”, dice textualmente la sentencia”.
Una reclamación compleja que ni siquiera se le concedió a Dolores Vázquez
La reclamación que acaba de presentar Julián G.O. es bastante de difícil de obtener. En España el Tribunal Supremo fijó hace tiempo que ser absuelto de un delito grave porque no se ha podido probar no significa que haya que resarcir al acusado. Un ejemplo clamoroso es el Dolores Vázquez, que fue exculpada del crimen de Rocío Wanninkhof, después de ser condenada y encarcelada con una repercusión mediática atroz. Sin embargo a ella se le ha denegado la indemnización.
Cuando se conceden estas indemnizaciones es en casos graves en los que no haya habido delito, como pretende probar la defensa de Julián G.O. “la inexistencia de delito, si no hubo agresión sexual al niño no hubo delito”.
Esta reclamación forma parte de la primera fase administrativa, que hay que agotar antes de poder acudir a la vía judicial. Ahora es competente para conocer esta reclamación el Ministerio de Justicia previo informe del Consejo de Estado puesto que la cuantía supera los 50.000 euros.
Denegada la indemnización, es competente la Audiencia Nacional, luego el Tribunal Supremo en casación (mucho más restrictivo que la Audiencia Nacional). Por último, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ya ha dictado sentencias condenando a España.