El proceso de venta del aeropuerto de Ciudad Real ha llegado a su fin, al menos judicialmente, tras el auto publicado este lunes por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, que acuerda y ordena la cancelación de todas y cada una de las cargas, gravámenes y embargos de la infraestructura, excepto los relativos a los derechos de reversión de las fincas que fueron expropiadas en su día, tanto las inscritas en el registro de la propiedad, como las no inscritas.
La resolución de Carmelo Ordóñez, contra la que no cabe recurso, también declara la cancelación de la inscripción del concurso de acreedores, y todas las anotaciones derivadas de su inscripción, así como repasa la historia del aeródromo desde que el 1 de junio de 2010 la empresa CR Aeropuertos fuera declarada en suspensión de pagos.
No obstante, el juzgado sigue tramitando los pagos de créditos a los acreedores.
El auto se hace eco de los inicios del procedimiento concursal, trece años después de que fuera proyectado como una ambiciosa obra de construcción privada, de que en mayo de 1998 se redactara el Plan Director y que en 1999 se incluyera el proyecto dentro del Plan de Desarrollo Regional 2002-2006.
Tras el nombramiento de los administradores concursales, en 2011 valoraron en su informe el patrimonio de la sociedad concursada en cerca de 700 millones de euros, frente a una deuda de 320 millones, así como dos años más tarde, en octubre de 2013, el juzgado aprobó en un auto el plan de liquidación.
Cancelación de todas las resoluciones
El 27 de enero de 2016, el juzgado, con Ordóñez ya como titular, adoptó cancelar todas las resoluciones emitidas dentro del proceso, recuerda en un auto de 130 páginas, incluida la venta de la infraestructura en julio de 2015 en una subasta por 10.000 euros a Tzaneen Internacional, una compraventa frustrada que no hizo sino escribir otra de sus páginas negras.
El 23 de febrero de 2016, recuerda el auto de este 10 de diciembre, dicta otra resolución para modificar el plan de liquidación inicial (fue anulada una parte), que fue complementado dos años después, el 28 de febrero de 2018, para incluir el centro de visitantes, y en virtud de lo ordenado en los autos del 27 de noviembre de 2017 y de abril y mayo de este mismo 2018, para que la adjudicataria de la infraestructura Ciudad Real International Airport (CRIA) pudiera llevar a cabo el pago del precio de compra, fijado en 56,2 millones de euros, y la formalización definitiva de la escritura pública de compraventa.
Con todo, CRIA no pudo hacer frente a los compromisos judiciales cuando el pasado julio se reanudó el procedimiento de venta directa, y vinculó el pago del importe íntegro del aeropuerto a la deuda de casi 87 millones de euros que mantenía el Gobierno balear con el principal accionista de CRIA, Rafael Gómez Arribas, y que tras una sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, el empresario ha recibido y ha empleado para concluir la compraventa del aeródromo.
El juez reflexiona sobre los bienes transmitidos, al principio dispersos en numerosas fincas rústicas sin registrar catastralmente en los términos de Ballesteros de Calatrava, Villar del Pozo o Ciudad Real, parte de ellas agrupadas posteriormente en 2008 en una misma unidad aeroportuaria, e integradas en el Proyecto de Singular Interés (PSI).
Insiste en que el aeropuerto “es la esencia de la masa activa objeto de la compraventa”, es decir, una unidad administrativa única y compleja, y de interés general, diseñado con un fin concreto, que “no es divisible sin llevar a cabo una serie de parámetros muy estrictos, que han de contar con las preceptivas autorizaciones legales y administrativas”.
Recuerda que el complejo “no es sólo el sumatorio” de las fincas o bienes inmuebles, sino también de los bienes muebles, construcciones existentes, marcas, patentes, nombres comerciales, nomenclaturas, códigos aéreos, licencias de navegación y de vuelo, autorizaciones (punto de inspección fronterizo, conexión ferroviaria con ADIF, la de aguas subterráneas, de handing, contratos de arendamiento), además de los avales bancarios no ejecutados o el centro de visitantes.
El juez aconseja a la compradora inscribir las propiedades de la unidad sin anotar en los registros que correspondan, una vez “perfeccione” la venta del aeropuerto, con el fin de que el proyecto de CRIA empiece a funcionar con éxito, ante el impulso económico que, en su opinión, precisa Ciudad Real, Castilla-La Mancha e incluso España.
Que las administraciones muevan ficha
Ordóñez considera que “ahora les toca mover ficha” a las administraciones locales, provinciales y regionales, y les insta a que ayuden “con celeridad” a poner en marcha un proyecto “tan esencial para la economía de nuestra región”.
A su juicio, la situación económica de Castilla-La Mancha “es complicada, frágil y delicada”, extremo que el juez, según manifiesta, comprueba desde el juzgado en su relación con el tejido empresarial, por lo que hay “una urgente necesidad” de que todos los organismos públicos implicados, “entidades locales, ayuntamientos, Subdelegación del Gobierno y ministerios afectados” y registros, respalden “con la urgencia y celeridad que se requiere a poner en marcha un proyecto tan esencial para la economía”.