Otro freno judicial para algunas de las medidas dictadas por la Consejería de Sanidad frente al coronavirus, esta vez respecto a las acordadas para la localidad de Campo de Criptana.
El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Ciudad Real (de guardia) ha rechazado este domingo cinco de la decena de normas impuestas para la población criptanense, como el uso obligatorio de mascarillas en cualquier espacio o la prohibición de fumar en terrazas.
Se trata del mismo juzgado y de un auto casi calcado al publicado este sábado por su titular, en el que anulaba cinco de las limitaciones dictaminadas el viernes en Alcázar de San Juan por la delegación provincial de Sanidad en Ciudad Real para controlar los brotes de coronavirus. Son las mismas que fueron acordadas el sábado para Campo de Criptana, y que ahora tendrán que ser revisadas por mandato judicial.
En concreto, el juez ha desautorizado el uso obligatorio de mascarillas en cualquier espacio, incluyendo espacios cerrados privados y domicilios, y sin distinguir edad; la imposibilidad de salir a los residentes de centros socio-sanitarios salvo razones de ‘fuerza mayor’; la prohibición de fumar en terrazas, independientemente de la distancia; la suspensión de las actividades colectivas de ocio (por su carácter genérico e indeterminado); y el cierre cautelar de parques y jardines.
Al igual que en la resolución de Alcázar, el juez argumenta que dichas medidas “no reúnen los requisitos mínimos de proporcionalidad y vulneran de manera absoluta derechos fundamentales sin la debida justificación y motivación”.
El resto de normas resueltas por el delegado provincial de Sanidad para Campo de Criptana han sido ratificadas judicialmente para un plazo inicial de 14 días y a expensas de la evolución de la situación epidemiológica en la localidad.
El auto tiene en cuenta, además, la cercanía a la localidad de Alcázar de San Juan.
Las propuestas complementan a las generales que ya se vienen aplicando por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional y abarcan el cierre de discotecas, salas de baile y bares de copas, de la piscina municipal y de bibliotecas, museos, cines y teatros, así como a la suspensión de eventos deportivos y culturales.
También se ha decretado la suspensión de mercadillos y mercados al aire libre o, en el ámbito religioso, la limitación del aforo al 50 por ciento de su capacidad habitual.
La resolución judicial ha sido notificada a la Fiscalía, a la Consejería de Sanidad, al Ayuntamiento de Campo de Criptana, a la Comandancia provincial de la Guardia Civil, al Puesto de la Guardia Civil de Campo de Criptana, a la Subdelegacion del Gobierno y al gabinete jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Sanidad modificará las medidas rechazadas
Como respuesta, la Consejería de Sanidad acata la resolución judicial y ya está trabajando, al igual que ha hecho en el caso de Alcázar de San Juan, en la modificación y adaptación de las medidas que el el juez considera injustificadas.