Según publica el DOCM y recoge Europa Press, el Rectorado ha resuelto declarar inhábil este periodo a efectos del cómputo de plazos para resolver y notificar los procedimientos en el ámbito de la Universidad de Castilla-La Mancha.
La presente resolución no afectará, en ningún caso, al cómputo de los plazos para interponer recursos en vía administrativa y jurisdiccional contra actos administrativos de la Universidad de Castilla-La Mancha, ni al cómputo de plazos judiciales.
Considerando que el cierre de las instalaciones de la Universidad de Castilla-La Mancha afecta también a sus oficinas de Registro, hasta el 6 de agosto de 2021, en todas las notificaciones de resoluciones que dicha universidad deba practicar a los interesados en los procedimientos administrativos que se tramitan en la misma, se hará constar expresamente dicha circunstancia.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Ciudad Real, sede del órgano autor del acto.