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19 abril 2024
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El Supremo confirma la condena a pagar 200.001 euros a la familia Aznar-Oriol por las obras de su casa en Cabañeros

tribunal supremo fachada
Tribunal Supremo
Lanza / MADRID
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la familia Aznar-Oriol por realizar obras sin solicitar los permisos correspondientes en su casa, que se ubica dentro del Parque Nacional de Cabañeros, y confirma la condena a pagar 200.001 euros, así como las costas judiciales a la Abogacía del Estado y a SEO/BirdLife.

La abogada de SEO/BirdLife, Cristina Álvarez, ha destacado en declaraciones a Europa Press que hay ocho resoluciones judiciales en el mismo sentido durante los cuatro años que ha durado este procedimiento, un tiempo en el que destaca la actitud “prepotente” de los condenados, la familia Aznar-Oriol.

Así, ha afeado la actitud de los propietarios a quienes se les ha condenado por hacer las obras en su casa sin pedir un permiso real, y considera que de haberlo hecho de acuerdo con el procedimiento y con el informe técnico de evaluación ambiental, dado que la vivienda se encuentra dentro de los límites del Parque Nacional, podrían haber obtenido la licencia correspondiente.

“El problema es que no lo hicieron y pensaron que podrían hacer lo que quisieran. Pidieron permiso para mejorar la instalación eléctrica y otras cuestiones menores y ampliaron la vivienda y la hicieron prácticamente nueva”, ha comentado.

Más allá del formalismo legal, Álvarez lamenta la “actitud” de la familia que durante los pleitos ha adoptado una posición de “prepotencia”, como de “creerse con derechos especiales” cuando podrían haberlo hecho de manera legal y confía en que después del varapalo judicial empezarán a “colaborar y cooperar” con “cierto respeto” al Parque Nacional.

Así, ha insistido en que SEO/BirdLife no tiene nada contra la propiedad privada pero los propietarios deben entender que contar con una vivienda dentro de un parque nacional obliga a respetar ciertos límites y precisamente, pide a la familia un cambio de actitud hacia el respeto y la cooperación.

En este contexto, ha recordado la petición desde hace años de SEO/Birlife y del resto de ONG ambientales para que las organizaciones puedan ser beneficiarias del acceso a la justicia gratuita. “Casos como este demuestran la necesidad de que las ONG puedan pleitear sin coste en los tribunales”, ha manifestado.

Ahora, espera que los Aznar-Oriol y el resto de propietarios dentro del Parque Nacional de Cabañeros desbloqueen su política de “obstruccionismo” a la gestión y se pueda “por fin” lograr aprobar el necesario plan rector de uso y gestión de Cabañeros que, “hasta ahora” no ha sido posible por su oposición y las trabas planteadas. “Debemos cooperar entre todos los sectores”, ha defendido.

En su resolución, del 1 de febrero, el Tribunal Supremo da la razón a Ecologistas en Acción, SEO/BirdLife y WWF, que denunciaron los hechos para defender la conservación del patrimonio natural común frente a los intereses particulares.

Cuarto fallo judicial

Esta es el cuarto fallo judicial que ratifica la ilegalidad de las actuaciones realizadas en los terrenos, denunciadas por Ecologistas en Acción, SEO/BirdLife y WWF por su potencial impacto en el espacio natural protegido y el octavo en que la familia Aznar-Oriol ve desestimada su peculiar interpretación de la legislación aplicable al Parque.

El fallo no llega ni a entrar en el fondo del asunto y concluye que no cabe la tramitación del recurso interpuesto puesto que la sentencia de la Audiencia Nacional de 2018 era firme y confirma, por tanto la ilegalidad de dos obras anexas a la vivienda: un aparcamiento y una campa para eviscerar piezas de caza, aunque no obliga a demoler las instalaciones.

Finalmente, las tres ONG reclaman ahora la aprobación definitiva del Rector de Uso y Gestión que será el instrumento de planificación para Cabañeros. Su último borrador –al que se opuso la familia Aznar-Oriol– es de 2015, aunque la ausencia de este documento no anula el nivel de protección otorgado a por la figura de Parque Nacional.

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