El bodeguero Félix Solís, gerente en Valdepeñas del Grupo Félix Solís Avantis, una de las principales productoras de vino de España, ha aceptado una condena a 6.000 euros de multa como autor de un delito de “distracción de aguas” subterráneas en el Alto Guadiana, entre los años 2008 y 2012, ante el juzgado de lo Penal 1 de Ciudad Real.
Solís, que se enfrentaba a una acusación más grave de delito ecológico (contra los recursos naturales y el medio ambiente), con penas de prisión, se ha mostrado conforme este martes con esta calificación final del caso, en base a un acuerdo previo entre fiscalía, acusación particular (el agricultor que lo denunció) y su defensa. También se ha aplicado como atenuante las dilaciones indebidas en la instrucción del asunto, que se denunció en 2013.
“Sí, estoy conforme”
La jueza de refuerzo de Penal 1, que ha dictado la sentencia de viva voz, tras escuchar a las partes y el “sí, estoy conforme”, del bodeguero, lo ha condenado en costas y a pagar una responsabilidad civil subsidiaria con la empresa que dirige cuya cuantía se determinará en el trámite de ejecución de sentencia.
Primera condena por distracción de aguas en 2013
Solís ya ha pagado sanciones administrativas por detraer más agua de la cuenta de pozos situados en el Campo de Montiel, la suma de todas esas sanciones se restará al importe que debe abonar a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por el perjuicio ambiental que supone esquilmar las reservas de agua, un delito contemplado en el Código Penal desde hace años para quienes se sobrepasan los límites de manera excesiva, y por el que en 2013 se produjo la primera condena por lo penal en la provincia.
El denunciante, satisfecho “en parte”
Juan Manuel Lumbreras, abogado del agricultor de Alcubillas que denunció el caso (pinchó de casualidad el conducto de una captación ilegal de Félix Solís que discurría por sus tierras), dice que está satisfecho “en parte, porque se han reconocido los hechos denunciados y hay una responsabilidad civil aparte de la pena de multa”.
“En esa época no había caudalímetros”
Los abogados del bodeguero consideran el acuerdo justo, “la propia fiscalía ha visto que no había sustento legal para seguir acusando de delito contra los recursos naturales y el medio ambiente, de hecho la propia fiscalía es la que ha propuesto el cambio por la detracción de aguas, que es una cuestión menor, que no conlleva prisión sino pena de multa”, ha contado el letrado José González Albo.
“No se ha detraído tanta agua”
“Creemos que teníamos medios suficientes para desvirtuar el resto de hechos, pero hemos aceptado al final la multa”. Pese a que han aceptado el acuerdo, esta parte cuestiona que se haya detraído tanta agua, “no se ha descontado el agua para la que tenía derechos; y en segundo lugar en esos años no había caudalímetros y se hacían los cálculos por tablas estimativas. Nuestros peritos podían acreditar que el agua consumida era muy inferior a la cantidad que se indica en la sentencia. “Es posible que se haya detraído agua, pero como miles de pozos alegales que existen en el Alto Guadiana. Al llegar al acuerdo hemos ido a la mejor solución para nuestro cliente”, ha rematado el letrado en declaraciones a los medios tras la vistilla de conformidad.