La Agencia Tributaria ha devuelto ya 52,9 millones de euros superados dos tercios de la campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2019 (IRPF) en la provincia de Ciudad Real a más de 87.500 contribuyentes. A nivel nacional, ya ha reintegrado 4.994 millones de euros. Más de 7.796.000 contribuyentes han recibido, a fecha de hoy, su devolución. Se mantiene, por tanto, un incremento en las devoluciones, que alcanza el 9,7% en número y un 15,5% en importe.
En el contexto de emergencia sanitaria, y teniendo en cuenta que el 88% de los contribuyentes presentan sus declaraciones por internet, se consideró especialmente importante mantener la fecha de inicio de campaña prevista (1 de abril), de manera que los contribuyentes pudiesen ir recibiendo cuanto antes sus devoluciones.
Este incremento en las devoluciones está ligado al crecimiento registrado paralelamente en las propias presentaciones, ya que en estos momentos ya han presentado su declaración 13.343.000 contribuyentes, 848.000 más que el año pasado (+6,8%).
En la presente campaña está previsto que se presenten 21.030.000 declaraciones, un 1,6% más que el año anterior. De ese total, se prevé que 14.565.000 den derecho a devolución, casi el 70% del total y un 0,5% más que el año pasado, por un importe estimado de 10.686 millones de euros.
La agilización en las presentaciones sigue alcanzando igualmente a las declaraciones con resultado a ingresar, que crecen un 9,2%, superando ya la cifra de 2.700.000. Acelerar la presentación no supone un perjuicio para los contribuyentes con declaraciones a ingresar, dado que comienzan a pagar al final de la campaña.
En cuanto a las vías de presentación, además del canal telemático principal, que es la página web de la AEAT (www.agenciatributaria.es), los contribuyentes también siguen agilizando la presentación a través de la aplicación móvil de la Agencia. Por esta vía se han presentado más de 325.000 declaraciones hasta hoy, un 28% más que el año pasado. De esa cifra total, más de 267.000 se corresponden con presentaciones ‘en un solo clic’ y el resto son contribuyentes a los que la aplicación ha derivado a la web de la Agencia para realizar alguna modificación y han vuelto a la ‘app’ para concluir la presentación.
Quiénes no están obligados a declarar
En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.
Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos íntegros:
– Dividendos, intereses y ganancias patrimoniales sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros.
– Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros.
Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.