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La ‘hater’ de Tomelloso detenida por insultos en las redes irá a juicio por injurias, no por delito de odio

guardia civil campo CM 011
La Guardia Civil investigó a esta mujer y la detuvo en mayo de 2019 por un posible delito de odio / GC
Belén Rodríguez / CIUDAD REAL
La Audiencia Provincial desestima en parte el sobreseimiento de la denuncia contra ella en los juzgados de Tomelloso, y ordena que se abra juicio por un delito de injurias graves a las fuerzas de seguridad. La Federación de Caza se personó en el caso

    La mujer de 31 años detenida hace dos años en Tomelloso, como presunta autora de un delito de odio a cazadores, taurinos, políticos y fuerzas de seguridad del Estado en las redes sociales, no será procesada por el delito de odio por el que fue detenida por la Guardia Civil, sino por “injurias graves” a la fuerzas de seguridad.

    La sección primera de la Audiencia Provincial ha resuelto así un conflicto jurídico que se inició en la primavera de 2019 cuando la Guardia Civil actuó contra esta mujer por su intensa actividad “odiadora” en su cuenta de Facebook, en la que se comportaba como una auténtica ‘hater’ (término inglés que hace referencia a personas que dedican su tiempo a atacar a otras personas a través de las redes sociales).

    “Salva una vida, mata a un policía”

    La Federación de Caza de Castilla-La Mancha se personó contra ella en los juzgados de Tomelloso como presunta autora de un delito de odio, al considerar delictivos ataques como una fotografía con una persona con indumentaria de cazador ahorcada en un árbol que publicó en Facebook acompañada del texto “no servía para cazar”, u otros del tipo  “el único policía bueno es el policía muerto”, “salva una vida, mata a un policía”.

    No tiene cabida el artículo 510

    El asunto siguió su trámite ordinario en los juzgados de Tomelloso hasta que el 21 de enero de este año el juzgado de instrucción 1 de la localidad decretó el sobreseimiento y archivo de las actuaciones, por entender que no cabía aplicar en el caso el artículo 510 del Código Penal.

    La Federación de Caza, representada por el abogado Santiago Ballesteros y la fiscalía recurrieron ante la Audiencia que estima en parte el recurso, no en lo relativo al delito de odio, pero sí en el de “injurias graves” a las fuerzas de seguridad.

    Protección de grupos vulnerables

    El auto de la sección primera entiende que el delito de odio no es aplicable, puesto que tal y como está redactado en el Código Penal está destinado a proteger a grupos vulnerables, o históricamente discriminados o susceptibles de discriminación, y no es el caso de policías, cazadores o ciudadanos en general.

    No obstante el auto, al que ha tenido acceso este periódico, sugiere que ante la proliferación de estas conductas de aprovechar la difusión de las redes sociales para desear la muerte a otras personas o incitar a la violencia, ampliar la protección penal. “Estas nuevas conductas plantean a la sociedad, no en escasas ocasiones, si los límites de la protección penal frente a determinadas conductas debieran ser ampliados, a fin de garantizar el goce de los derechos de los ciudadanos a su dignidad”.

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