J. Y.
Ciudad Real
La responsabilidad de la muerte de un ejemplar hembra de lince ibérico en una caja trampa, ocurrida en una finca de la localidad de Castellar de Santiago en agosto de 2011, fue juzgada ese jueves en el juzgado de lo Penal número 1, en una sesión con dos versiones enfrentadas, la de la fiscal y las acusaciones particulares de Ecologistas en Acción y el Gobierno de Castilla-La Mancha, que vieron dolo eventual (intencionalidad) del propietario de la finca y acusado, J.J.M.T., en la muerte de uno de los linces reintroducidos para recuperar la especie, y la de la defensa, que mantuvo la falta de tentativa por su defendido quien, a pesar de mandar instalar las trampas sin tener autorización, desconocía la presencia del ‘valioso’ ejemplar porque, según dijo, nadie le comunicó que pudiera encontrarse en su coto. De hecho, achacó el trágico final del felino a un golpe de calor.
J.J.M.T., que gestiona varias fincas en la zona, se enfrenta a dos años de cárcel por un delito contra la fauna, y a una indemnización de 90.000 euros, como pidieron el ministerio público y la Junta, mientras que la letrada de la organización ecologista solicitó 180.000 euros por lo importantes perjuicios derivados de la muerte de ‘Grazalema’, como se llamaba el ejemplar, teniendo en cuenta la financiación del programa de reintroducción de esta especie en extinción.
La vista, que quedó vista para sentencia, se inició con la declaración del acusado, que atribuyó de manera reiterada la presencia de las cajas trampa (hasta diez) en su convencimiento erróneo de que lo contemplaba el plan técnico de la finca, tal y como sí lo recogía el del coto “gemelo” colindante, que también dirige. Sin embargo, quedó claro que el permiso específico para controlar a los pedradores por dichos métodos había concluido en 2009.
También reivindicó su “sensibilidad medioambiental” al recordar los convenios de colaboración con SEO/Birdlife para que esta organización realizara cuadernos de campo sobre la fauna de la explotación, así como el carácter “de finca abierta”, al “contar con presencia de la administración y la Guardia Civil” y así guardar una buena imagen ante sus clientes extranjeros en el negocio de caza menor (perdiz). También justificó su inquietud por la especia del lince “mucho más práctica que los zorros” y la reacción de él y de su equipo cuando descubrieron el cuerpo de ‘Grazalema’ en un día de agosto que, según su abogado, se registraron 50 grados.
También testificaron guardias civiles del Seprona y los agentes medioambientales, que investigaron la muerte del animal, así como M. A. S., el guarda privado de la finca que encontró el cuerpo, quien aseguró que las trampas contaban con bebederos para los reclamos, que las revisaba al amanecer y al anochecer y estaban en zonas idóneas, mientras que un ingeniero de Montes encargado de los planes de la finca llamado por la defensa dijo que había sido un accidente.
De su lado el jefe provincial de Sección de Caza y Pesca y el de Medio Natural hablaron de las autorizaciones expresas para poder usar dichos sistemas de control.
Pero más esclarecedor fue el director del Plan de Recuperación del Lince Ibérico de Andalucía, que testificó por parte de la acusación de SEO, tras ser rechazado por la defensa, quien indicó que el collar con gps que llevaba puesto ‘Grazalema’ estaba desactivado desde abril, cuatro meses antes de que ocurriera el fatídico final, lo que impidió que pudieran comunicar su presencia en Castilla-La Mancha tras recorrer desde Jaén 180 kilómetros.
El collar
La fiscal, en su informe final, vio acreditado el delito contra la fauna y rehusó la tardanza por el acusado y los guardas en llamar a los afectivos públicos para aplicar los protocolos, por l oque vio “intencionalidad y dolo clarísimos” al tener unas trampas “sin autorización”.
Más incisiva, la abogada de la Junta, sostuvo que la acción que causó la muerte a ‘Grazalema’ no fue un accidente, sino que “fue provocada” por el acusado. A su juicio, las trampas para atrapar a predadores, de especies protegidas o no, se hacía de manera habitual en esta finca porque al no estar autorizadas por la administración no estaban controladas. “No sólo ocurrió una vez, no sabemos cuántas más, y en este caso se hubieran callado y lo habrían enterrado, pero tenía un collar”. Por tanto, “se estaba produciendo una realidad ilegal, no autorizada, de la que era consciente el acusado”.
La letrada de SEO Birdlife también vio dolo eventual y remachó que había un plan que lo prohibía, mientras que, según argumentó, el acusado echó la culpa a la administración y a la organización ecologista por no avisarle. Por ello pidió un resarcimiento económico de 180.00 euros para “los gastos accesorios” que se generan en la cría en cautividad y la suelta de los linces.
El defensor de J.J.M.T., que pidió su absolución, quiso distinguir entre sanción penal y administrativa por colocar las cajas trampas, cuyos protocolos vienen regulados en los planes técnicos pero, según dijo, “sin excepcionalidades”. Igualmente, reiteró el factor climático “anómalo” -según dijo la Aemet consignó 50 grados- como causa de la muerte, que se unió a “una circunstancia desgraciada”.