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Nulidades: Los matrimonios que nunca existieron

nulidades matrimoniales clara manzano
Las demandas de divorcio aumentaron un 1% más en el tercer trimestre en la región / Clara Manzano
Mercedes Camacho / CIUDAD REAL
Las nulidades matrimoniales que concede la Iglesia siempre han estado rodeadas de un halo de misterio o quizá de leyendas urbanas provocadas, en gran medida, por el desconocimiento de este proceso que en realidad no es la anulación de un matrimonio religioso -que es indisoluble- sino el reconocimiento de que, debido a determinados problemas o vicios de origen, nunca existió a los ojos de Dios ni de la Iglesia. De hecho, y en contra de lo que mucha gente piensa, el requisito no es “tener dinero” ya que la Diócesis de Ciudad Real no cobra ninguna tasa por ello y el coste es el de los abogados y las pruebas que se practiquen. Lo único necesario es que se cumplan los requisitos recogidos en el Código de Derecho Canónico.

Las nulidades matrimoniales, a pesar de que incluso el Papa Francisco ha dictado algunas directrices últimamente, parece que siguen siendo un tema tabú sobre el que existen miles de mitos o ‘leyendas urbanas’ que no son reales. La más extendida es que sólo son para famosos y millonarios, cuando en la Diócesis de Ciudad Real se están tramitando este año 2017 más de 40, tal y como confirma a Lanzadigital.com en una interesante entrevista el Vicario Judicial de la Diócesis, Bernardo Torres.

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Nulidades matrimoniales

“El tema de las nulidades matrimoniales parece que se trata muchas veces como un tema tabú, porque no se afrontan, y en otros tantos como algo trasnochado porque no se sabe de qué va la historia” asegura Torres, quien recuerda que la nulidad matrimonial es el reconocimiento de que cuando se celebró el matrimonio , por circunstancias que el Derecho de la Iglesia reconoce, no fue valido.

En este sentido, es tajante al recordar que “la Iglesia nunca rompe ningún matrimonio sino que reconoce que aquello que nació con apariencia de matrimonio, realmente era solo apariencia y no tenía ninguna validez de fondo. Lo que está claro es que el matrimonio es un compromiso de dos personas, lo que exige que tiene que haber en ese consenso que se dan, en ese consentimiento, una capacidad de parte de uno y de parte del otro, así como un cumplimiento de una serie de leyes. Esos principios son lo que llama la Iglesia impedimentos que jamás tienen que estar presentes para que ese matrimonio sea válido”.

A este respecto, el Vicario judicial de la Diócesis de Ciudad Real detalla que para que un matrimonio sea válido supone una capacidad psicológica y de madurez del sujeto para llevar a a cabo el compromiso, así como la capacidad de transparencia ante el otro para no engañarle en ningún aspecto importante que afecte al desarrollo de ese matrimonio.

Ejemplos de impedimentos

“Vamos a poner ejemplos. Imagínate alguien que se casa y tiene una adicción fuerte al alcohol, independientemente de que lo sepa o no la otra parte, esa persona no será luego capaz de cumplir las obligaciones esenciales del matrimonio. Y quien dice alcohol, puede decir a la drogas o, incluso, a los nuevos medios que hoy tenemos en internet en el caso de las formas ‘más deformadas’ de su uso. También podría considerarse impedimento que tenga alguna enfermedad de tipo psíquico grave”.

Y es que, en estos casos expuestos por Bernardo Torres queda patente que serían impedimentos que pudieran conllevar la nulidad futura del matrimonio por cuanto uno de los cónyuges no va a poder realizar y vivir el bien del matrimonio.

Asimismo, además de esos impedimentos hay otros muchos aspectos que en la actualidad se están dando, recuerda el Vicario Judicial de la Diócesis, como por ejemplo las simulaciones, es decir, uno de los contrayentes dice que quiere realizar ese acto tal y como la iglesia lo indica –con lo que conlleva de fidelidad y unión hasta que la muerte los separe y apertura a tener hijos- y en realidad no quiere tener hijos “y a lo mejor no se lo ha dicho incluso a la otra parte, sino que es su voluntad interna, de forma que está simulando verbalmente que quiere una cosa que internamente niega”.

Ateos o agnósticos que se casan

Sobre este tema, y cuestionado por aquellos matrimonios en el que uno de los contrayentes es ateo o agnóstico y acepta casarse por la iglesia porque su pareja es creyente, el sacerdote indica que no tiene por qué ser causa de nulidad “si acepta que el matrimonio es para siempre, que supone fidelidad y exclusividad en la entrega, si acepta que está abierta a los hijos y que supone también buscar el bien de los demás”.

Cuestión distinta, insiste, es que haga la apariencia y diga que sí que lo acepta pero luego en su interior no lo acepte y que, por ejemplo, respecto a la fidelidad, se reserve el derecho a decir “yo voy a seguir con mi vida anterior, y me voy a ir con unas y con otras, o con unos y con otros” o respecto a la indisolubilidad en esta cultura tan de lo inestable en las relaciones que existe hoy, “yo no entiendo que el matrimonio sea para siempre ni lo quiero para siempre, o sea, que cuando se me rompa el amor, o se me acabe el amor, como se suele decir por parte de mucha gente, pues entonces rompemos y se acabó, ahí hay una voluntad excluyente, y por tanto habría una simulación del consentimiento”.

Además de las cuestiones analizadas, reconoce Torres que hoy hay muchos engaños, “mucha ocultación a la otra parte de cosas esenciales de la vida” que se llama engaño doloso porque se hace caer en un error a la pareja sobre quién eres en realidad y eso también sería causa de nulidad.

Aumento de nulidades

Al igual que se ha reducido tanto el número de matrimonios civiles como religioso -porque no olvidemos que el matrimonio en la legislación española tiene consideración de matrimonio en forma religiosa con efectos civiles por lo que no hay que celebrar dos matrimonios, el civil y el canónico-, también ha descendido proporcionalmente el número de divorcios.

En este sentido, el Vicario Judicial de la Diócesis de Ciudad Real achaca, por ejemplo, a la situación de que hayan aumentado las parejas de hecho que hayan disminuido los divorcios porque en esos casos no es necesario cuando se rompe la pareja.

Pero en el caso de las nulidades, se da la circunstancia de que están aumentando porque la gente comienza a tener un mayor conocimiento y se da el caso de que muchas parejas no pueden casarse por la iglesia porque uno de los cónyuges, o los dos, vienen de matrimonios anteriores y recurren a esa vía pastoral “siempre en el supuesto siempre de la verdad porque nunca se puede falsear la realidad”, para tratar de resolver su situación y así poder contraer válidamente y en forma religiosa por la iglesia como sacramento.

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Las demandas de disolución matrimonial aumentaron un 77,6% en el segundo trimestre / Lanza

99% de sentencias afirmativas

En concreto, en la Diócesis de Ciudad Real se suelen resolver alrededor de 20 nulidades al año, la mayoría de forma positiva “porque cuando llegan al tribunal ya vienen filtradas, o bien porque han hablado con alguno de nosotros y hemos visto que había causa o bien porque han hablado con el párroco. No vienen cuestiones caprichosas, sino que vienen ya con fundamento, por lo que te diría que el 99% de las sentencias son afirmativas, es decir, que consta la nulidad”.

Ahora mismo hay en trámite más de 40 procesos de nulidad –contabilizando de septiembre de 2016 a septiembre de 2017- porque “si salen cuatro resueltas, entran cinco. Y, quieras o no, el procedimiento lleva su tiempo: Hay que tomar declaraciones y practicar una serie de pruebas que no son fáciles, y más cuando los jueces no tenemos una dedicación exclusiva”.

Más facilidades

Asimismo, para el Vicario Judicial de la Diócesis de Ciudad Real también ha tenido una incidencia positiva en este incremento las dos aportaciones nuevas del Papa Francisco que son. Una de ellas es la supresión de la doble sentencia conforme, es decir, que antes tenía que haber dos sentencias que coincidieran necesariamente para que el dictamen fuera definitivo. Concretamente, en primera instancia normalmente era el Tribunal Diocesano y en segunda instancia era el Tribunal Metropolitano.

“Sin embargo, ahora se reduce el proceso a la primera sentencia de la primera instancia que, si no es apelada por las partes, se convierte en definitiva. Esto hace que al procedimiento se reduzca, como mínimo, de 6 a 7 meses”.
Por otra parte, la segundo novedad que ha introducido el Papa , con Motu proprio Mitis Iudex Dominus Iesus, es lo que se denomina el proceso más breve, realizado directamente ante el Obispo y que se puede resolver en un máximo de 3 meses.

“Se trata en este caso de que las dos partes estén de acuerdo en presentar demanda de modo conjunto, eso indica que el capítulo o la razón por la que se pide la nulidad es aceptada por los dos, compartida por los dos y a su vez que los hechos sean tan claros, tan evidentes, que no necesiten una ulterior investigación. Por lo tanto es un proceso en forma abreviada que estudia el Obispo y es él quien dicta la sentencia, salvo que se exigiese una investigación ulterior porque entonces habría que pasar al proceso ordinario”, apunta el sacerdote.

La Diócesis de Ciudad Real no cobra tasa

Como comentábamos al principio del reportaje, una de las ‘leyendas urbanas’ sobre las nulidades –que no anulaciones porque no se anula un matrimonio sino que se reconoce que nunca existió- es el precio, cuando hay mucha gente que desconoce que desde 1984 –antes de que el Papa Francisco o los anteriores se pronunciaran- el Tribunal de Ciudad Real no cobra ninguna tasa, es decir “ni un céntimo de euro”, por lo que el precio del proceso son los honorarios del letrado y los costes que pudieran existir si ha de realizarse alguna pericial.

“Y con la condición de que, además, los jueces eclesiásticos podemos moderar los honorarios de los abogados, y yo aquí, a los que trabajan en el tribunal de Ciudad Real, les he dicho que no pueden cobrar por una causa de nulidad más de 1500 euros, o sea que si me apuras casi te puede salir ‘más barato’ que un procedimiento civil que siempre parece que son los de menor precio, aunque si realmente eres cristiano y se cumplen los impedimentos que garantizan esa nulidad, merece la pena”.

Pero, además, la Diócesis va más allá porque quiere ser justa y es consciente de que hay quien tiene menos recursos, por lo que a esas personas más vulnerables “no se les niega, al contrario, se les favorece la justicia porque se les puede declarar el proceso gratuito o semigratuito, aportando una pequeña cantidad. El resto hasta 500 euros, para que los abogados no resulten perjudicados, los pone el Obispado para complementar sus honorarios.

Proceso

Por lo que se refiere al funcionamiento del proceso ordinario, se inicia siempre con la presentación de la demanda ante el tribunal correspondiente, ya sea el de donde vive una de las partes, donde tienen domicilio o el lugar de celebración del matrimonio, de forma que se ofrece facilidades a los solicitantes para que elijan el tribunal que les resulte más cercano físicamente.

El siguiente paso es que un abogado, “civil pero que conozca el Derecho Canónico”, presente la demanda. A este respecto, el Vicario Judicial resalta que desgraciadamente no todos los letrados conocen el Derecho Canónico aunque hace unos años la Diócesis hizo un curso para capacitar a unos 50 abogados con el objetivo de que puedan intervenir en el proceso, a los que se suman otros que, por su cuenta, están haciendo cursos en universidades Comillas o Salamanca, online, o en el Tribunal de la Rota de Madrid.

“Es necesario que se especialicen un poco en la cuestión de los matrimonios, en la doctrina y en cuanto a los procesos canónicos, porque puede darse que te presente la demanda un abogado que no sepa Derecho Canónico, y aunque fuera muy clara la nulidad, sin experiencia se puede producir que luego el juez se vea sin los elementos de prueba necesarios como para poder declarar la nulidad. A mí me ha pasado: estar convencido de la nulidad de un matrimonio pero no encontrar las pruebas de la nulidad”.

Tras la presentación de la demanda, el Tribunal la comunica a la otra parte para que conteste, se fija la razón por la cual se pide la nulidad, “es lo que llamamos el “dubio”, es decir en qué se duda de este matrimonio: A continuación se presentan las pruebas, siempre por la parte que solicita la nulidad ya que la carga de la prueba tiene que recaer sobre quien acusa. Después se toma la declaraciones a las partes, los testigos, se recogen todas las pruebas documentales y, finalmente, el letrado presenta sus observaciones en su alegato final, al que le contesta el defensor del vínculo para terminar pasando al estudio de los tres jueces, que son quienes toman la decisión.

Tres jueces

“Siempre es un tribunal colegiado de tres jueces, por lo tanto no es una decisión unilateral de uno, salvo en los procesos documentales que tan están claros que basta que sea ante el Vicario Judicial, como juez único”, apostilla Bernardo Torres, quien agrega que, si no hay apelación por las partes, se comunica la sentencia que, si es positiva, declara nulo el matrimonio y, por tanto, las dos personas pueden volver a contraer matrimonio por la iglesia, si no se les pone lo que se llama un veto o una prohibición en aquellos casos en los que la nulidad deriva de situaciones que incapacitan a una de las personas –por ejemplo una enfermedad psíquica o una adicción- a volver a contraer matrimonio por la Iglesia salvo que acredite que se ha curado.

“Todo esto, si la cosa va bien, en el transcurso de un año más o menos se puede desarrollar el proceso que, realmente, tarde más o menos lo que un divorcio por la vía civil, no mucho más”, indica el Vicario Judicial quien recuerda que este procedimiento es sólo de cara a la iglesia y que debe completarse con el divorcio para que sea legal.

Causas más frecuentes

Siguiendo la tónica general que se da en otras diócesis, entre las causas más frecuentes para iniciar estos procesos se encuentran las psicológicas, fundamentalmente relacionadas con la “gran inmadurez” con la que muchos llegan al matrimonio, “lo que se llama el grave defecto de discreción de juicio que recoge el canon 1095 punto 2º: Son incapaces de contraer matrimonio aquellos que con grave defecto de discreción de juicio eligen ese acto, es decir, que a la hora de decidirse no han pensado adecuadamente lo que iban a hacer, y ha habido o algún fallo en el entendimiento iluminando la voluntad o algún fallo en la voluntad en la capacidad de tomar la decisión”.

En este sentido y a modo de ejemplo, aunque ahora se da menos y antes era muy frecuente, recuerda cuando una chica se quedaba embarazada por las presiones de los padres, del contexto, de la familia o de ella misma “aunque en el fondo no lo quería hacer y le faltaba la libertad interna a la hora de tomar la decisión: Nadie le ha puesto la pistola pero hay unas circunstancias que la rodean y suponen una presión”.

Inmadurez

Bernardo Torres explica que es también el caso de una inmadurez efectiva, es decir, de personas que no tienen los sentimientos que debe tener una persona y que, por ejemplo, tras muchos años de noviazgo se casan porque saben que dan un paso más o rompen, “pero realmente no tenían que haber dado el paso, y lo que les llega ya es más por una rutina que otra cosa. ¿Ahí hay un matrimonio, un consentimiento, una decisión libre del sujeto o ha habido una actuación, ese ultimátum que se les plantea? Estas son algunas de las causas frecuentes”.

Sin embargo, el sacerdote reflexiona sobre el hecho de que, precisamente, las personas se casan cada vez más tarde lo que debería llevar a que, en teoría, hubiera más madurez. Sin embargo, en su opinión, ocurre lo contrario porque las relaciones sociales hoy son muy superficiales y eso afecta también a los noviazgos.

“Los noviazgos están cargados de una superficialidad total. Yo a veces les pregunto qué proyectos hacían y de qué hablaban, además de salir de fiesta, ver hasta qué hora iban a estar tomando el cubata o lo que sea, y lo bien que lo pasaron: Les pregunto si alguna vez hablaron de sus vidas, de lo que son, de lo que sentían y querían, de sus ideales y lo que querían proyectar juntos: Yo creo que de esto se habla poco porque son ‘noviazgos muy de epidermis’ en los que no se conoce bien a la otra parte y así fácilmente llegan luego las desilusiones y los desencantos: se ha buscado lo epidérmico pero no a la persona como tal. Eso de que se gastó el amor es mentira, quizá hay que trabajarlo, pero cuando se quiere a una persona, eso no solo no se gasta sino que crece”.

Finalmente, y para orientar a quienes quieran iniciar este proceso y no sepan como hacerlo o si realmente hay causa para ello, el Vicario General de la Diócesis de Ciudad Real aconseja ponerse en contacto y contarle el caso al sacerdote más cercano que tenga en su parroquia para que le pueda aconsejar.

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