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Primera condena penal leve y de conformidad por sacar agua de forma ilegal del acuífero 23

Primera condena penal leve y de conformidad por sacar agua de forma ilegal del acuífero 23
Lanza
Los dos agricultores acusados, hermanos de Socuéllamos, aceptaron tres meses de multa por “distraer agua”. La fiscalía les acusaba en principio de un delito contra los recursos naturales y pedía cuatro años y medio de prisión

Belén Rodríguez
Ciudad Real

Los hermanos de Socuéllamos Vicente y Santiago L.S., propietarios de la sociedad Explotaciones S.L. dedicada al viñedo, han sido los primeros agricultores de la provincia en ser condenados por lo penal por extraer agua de manera ilegal del acuífero 23.

La condena es leve: multa de tres meses para cada uno de 236 euros por un delito de “distracción de aguas”, que el Código Penal recoge en el artículo 247, y de conformidad con la fiscalía, que en principio pedía cuatro años y medio de prisión  al considerarlos culpables de un delito contra los recursos naturales.

Con el acuerdo, que ratificaron este martes ante la Sección Primera de la Audiencia que ya absolvió a otro agricultor por lo mismo el año pasado, ambos evitaron el juicio y exponerse a una condena mayor.

Concepción Arenas, la abogada que les ha defendido, explicó que sus patrocinados son regantes con derechos de uso del agua reconocidos en el acuífero 23, sólo que en las campañas 2006, 2007, 2008 y 2009 extrajeron 400.000 metros cúbicos de agua para regar sus tierras de extracciones ilegales.

Por estos hechos según explicó la letrada la Confederación Hidrográfica del Guadiana abrió en su momento cuatro expedientes sancionadores que “hemos ido recurriendo y ganando por defecto de forma ante lo Contencioso, aunque al final han tenido que pagar a la Hacienda Pública unos 50.000 euros”.

En el escrito de calificación del caso la fiscalía de Medio Ambiente, que en los últimos años tiene en el punto de mira a los malos regantes del acuífero 23, sobre el que pesa una declaración de sobreexplotación, apoyó su acusación en un informe pericial en el que se determina que la importancia relativa de esta detracción de agua equivale a un descenso del nivel piezométrico del acuífero de entre dos y tres metros y medio por año durante esas campañas.

Se cree que esa merma equivaldría a una pérdida de posibilidad de inundación de hectáreas del parque nacional de las Tablas de entre 10 y 15 hectáreas cada uno de esos años.

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