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Los criterios de adjudicación se aplicarán a los ofertantes

El Ayuntamiento oferta seis casetas de la Feria de Mayo para asociaciones y clubes

Con estas casetas de asociaciones y clubes se intenta recuperar una parte de la antigua Feria de Mayo

Estarán las grandes casetas que montan los empresarios y otras seis de colectivos / Lanza
Estarán las grandes casetas que montan los empresarios y otras seis de colectivos / Lanza
Graci Galán
En total son seis casetas las que oferta el Ayuntamiento de Puertollano en esta Feria de Mayo para asociaciones y clubes que tendrán fijado precio de venta al público

El Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real ha publicado este lunes las bases de ocupación de las casetas en el Recinto Ferial para colectivos en la Feria de Mayo 2024, en las que serán seis casetas de 100 m2 que el Ayuntamiento de Puertollano colocará en el espacio sobrante de la licitación que se hizo para los años 2023 y 2024, para las Asociaciones o Clubes Deportivos de Puertollano que estén interesados y dados de alta en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento que presenten propuesta de explotación del citado espacio.

El plazo de ocupación será desde el día 26 de abril al 5 de mayo, ambos incluidos y los colectivos interesados deberán presentar una propuesta de explotación de este espacio en un plazo de 10 días hábiles, a contar desde la publicación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.

En este sentido, en estas bases queda explícitamente señalado que estará prohibida la subcontratación y que deberá ser explotada por los propios medios de las asociaciones o clubes.

En el caso de los suministros, aquellas actividades que necesiten para su funcionamiento de suministro de agua, deberán hacerse cargo los adjudicatarios de la gestión de la contratación en la sede de la compañía suministradora, Aguas de Puertollano, debiendo sufragar a su costa el importe económico correspondiente. En cuanto al suministro eléctrico, los adjudicatarios correrán con todos los gastos, incluida la instalación, contratación y gastos por el consumo que generen.

Asimismo, el nivel de emisión sonora máxima permitida será de 80 dBA. Todos los altavoces se colocarán dentro del espacio adjudicado, y serán distribuidos y orientados siempre hacia el interior, estando prohibida su instalación en el exterior.

Además, todas las actividades se regirán según lo dispuesto en la normativa, garantizándose las condiciones sanitarias y de higiene, deberán contar con los permisos necesarios para la manipulación de alimentos, así como su conservación, contando con todas las autorizaciones técnico-sanitarias necesarias. Las casetas de feria deberán adaptarse a la ley 42/2010, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco. Los adjudicatarios deberán cumplir la Ley 5/2018, de 3 de mayo, de prevención del consumo de bebidas alcohólicas en la infancia y la adolescencia.

Los seleccionados tendrán que presentar una Póliza de Responsabilidad Civil, para cubrir los daños que se causen a terceros como consecuencia del desarrollo de la actividad de la caseta. Los que resulten seleccionados deberán dejar el espacio público libre y expedito, limpio, sin residuos, en las mismas condiciones en que lo recibieron. Es obligatorio ofrecer servicio de cocina.

Criterios de adjudicación

Los criterios utilizados para la selección entre las solicitudes presentadas, serán 40 puntos por mayor variedad de comida, 30 puntos por mayor amplitud de horario de cocina, 20 puntos por mayor número de camareros y 10 puntos por el mayor número de socios. Los aspirantes deberán reflejar en su petición los datos solicitados para su baremación.

Precios al público

Los precios al público serán fijos, sin que puedan variarse en ningún momento y serán 6 euros el combinado, 2 euros la caña, 3 euros el tercio y el refresco, 6 euros el litro de cerveza y tinto de verano, 2 euros el chupito y será obligatorio realizará 2 días de cervezada al 50% de 14 a 17 horas.

Al quedar total y absolutamente prohibida la subcontratación, si esta se produjera se procederá al precinto inmediato de la caseta correspondiente. Al ser la tabla de precios fija, si se produjera un aumento o disminución de la misma se impondrá a los incumplidores una multa de 150€ al día.

Publicado en:
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