La Sección Primera de la Audiencia provincial ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por un hostelero contra el concejal Jesús Caballero. “Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno”, explica el auto. La denuncia se refería a la supuesta retirada de multas a algunos hosteleros de la ciudad.
En los razonamientos jurídicos se expone que “la primera cuestión que ha de resolverse es la legitimación del recurrente para recurrir el auto dictado, ya que se persona en condición de acusación particular, sobre la base de imputar un delito de prevaricación administrativa por lo que sería una aplicación irregular de la Ordenanza de Terrazas por parte del Ayuntamiento de Puertollano, de hecho el auto recurrido le niega tal carácter, aunque entra en el fondo del asunto, toda vez que fue irregularmente admitido a trámite” y explica que “las diligencias se incoan en virtud de una denuncia anónima, que califica de confusa y rebuscada, de la que no se desprenden indicios de la comisión de un delito de prevaricación ni de ningún otro”.
En este sentido, “esta Audiencia mantiene la improcedencia de entrar en la resolución del presente recurso, ya que no ostenta el recurrente legitimación, en estos momentos, para sostener la acción penal” y continúa “no se ha producido personación como acusación popular, cumpliendo sus requisitos. Afirmado por el recurrente su personación como acusación privada, no puede tenérsele como tal, máxime cuando ni siquiera se arroga condición de perjudicado alguno directo por los hechos que se imputan”.
De este modo la Audiencia Provincial ha desestimado este recurso de apelación contra el auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de Ciudad Real con fecha de 12 de junio de 2017.