Con fecha 20 de enero de 2021 el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Puertollano ha dictado Auto por el que se decreta el sobreseimiento provisional y archivo del procedimiento judicial con respecto a la consolidación de doce plazas en el Ayuntamiento de Puertollano. Se trataba de doce plazas de ayudante matarife del Matadero Municipal.
En esta causa fueron citadas las 23 personas que formaban la sesión plenaria del 25 de marzo de 2010, en condición de investigadas, ahora el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de Puertollano ha dictado auto y decreta el sobreseimiento provisional y archivo del procedimiento judicial. No obstante, este auto no es firme, pudiéndose recurrir en reforma y subsidiariamente en apelación.
Así, el Auto de sobreseimiento dice que no resulta debidamente justificada la comisión de delito de prevaricación administrativa y cita jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo.
Según el Auto, del resultado de las diligencias de investigación practicadas no se ha acreditado que existan indicios de que en los investigados (alcalde, secretario e interventora accidentales, concejal de personal y resto de concejales asistentes al pleno de 25 de marzo de 2010 del Ayuntamiento de Puertollano) concurran los elementos que configuran el delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal, es decir, resolución arbitraria en un asunto administrativo.
Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades administrativas que puedan depurarse por los actos administrativos objeto del procedimiento ante la correspondiente jurisdicción, la Contencioso-Administrativa.
Este proceso judicial fue impulsado por FIDAP (Plataforma de Funcionarios Interinos Despedidos del Ayuntamiento de Puertollano) contra el consistorio puertollanense. Además, la consolidación de estas plazas contaba con el visto bueno, por unanimidad, de todos los sindicatos de la Mesa General de Negociación y el acuerdo de pleno fue también unánime a la hora de aprobar este punto.